Opiniones divididas en cuanto a la generalización de los
contratos a término
Fuerte apoyo a
algunas formas de flexibilización laboral en Uruguay
Un apoyo claramente mayoritario
obtienen la flexibilización horaria semanal, la
flexibilización de los descansos intermedios y la
posibilidad de horas de trabajo diferenciadas en zafras
y contrazafras. Hay opiniones divididas, con leve
predominio de los juicios negativos, respecto a la
generalización de los contratos a término y en cuanto a
los efectos que sobre el empleo ocasionaría una menor
rigidez de los contratos de trabajo
La
flexibilización laboral es uno de los temas
trascendentes en materia de reforma estructural,
considerado parte del paquete de cambios de segunda
generación y sin duda altamente controversial,
particularmente en un país de fuerte tradición
regulatoria. A fines de junio el ministro de Economía,
Alberto Bensión, dio el puntapié inicial a la reforma
laboral, en un discurso ante la Asociación de Dirigentes
de Marketing, y en estos días se maneja la posibilidad
de un pronto envío al Parlamento del correspondiente
proyecto de ley.
La materia laboral presenta una muy elevada regulación,
producto de diversas fuentes: la legislación nacional,
los convenios internacionales de la Organización
Internacional del Trabajo, los decretos y
reglamentaciones del Poder Ejecutivo, los convenios
colectivos y particularmente la jurisprudencia que ha
extendido con mucha fuerza la intervención estatal en
las relaciones entre empleadores y empleados de la
órbita privada. En Uruguay la regulación del trabajo en
la actividad pública (Estado, entes autónomos, servicios
descentralizados, gobiernos departamentales) es ajena al
derecho laboral. En tanto las fuentes son tantas y las
regulaciones muchas, es un abanico muy grande el de
posibilidades de desregulación o flexibilización.
Algunas de las iniciativas sugeridas por el Ministerio
de Economía apuntan a la flexibilización horaria, en
particular a tres puntas: el horario global semanal, los
horarios zafrales y los descansos intermedios. El
horario global semanal supone la existencia de un límite
semanal de horas de trabajo, pero no un límite diario.
El ejemplo más utilizado es el de un restaurante, para
cuya actividad es más conveniente que, por ejemplo, sus
empleados trabajen 12 horas diarias los viernes, sábados
y domingo, cuatro horas los miércoles y los jueves y
descansen los lunes y martes. Este tipo de horario
global se aplica en algunas industrias por convenio
colectivo entre empresas y sindicatos, aunque es de muy
dudosa legalidad. Y es de uso extendido en la
Universidad de la República, donde muchos
investigadores, técnicos y administrativos emplean el
sistema de horario global semanal.
Los horarios zafrales suponen límites horarios semanales
para diferentes épocas del año. Dos ejemplos clásicos
son los de la industria de la bebida y las actividades
turísticas, con una alta concentración de actividad en
el verano y baja o nula en el invierno. Y así se
sugiere, por ejemplo, la posibilidad de trabajar semanas
de 60 horas durante tres meses y se compense con no
trabajar en invierno por todas las horas realizadas en
exceso. Como contrapartida la empresa debe asegurar el
empleo todo el año y pagar lo mismo todos los meses,
trabaje 12 horas diarias o no trabaje.
El tiempo de descanso actualmente es obligatorio al cabo
de las cuatro horas de labor, y en la mayoría de los
casos es de media a una hora. Lo que se pretende es que
ese descanso pueda ser tomado en otro momento, por
acuerdo entre las partes, a conveniencia común de la
empresa y el trabajador. O inclusive no tomar el
descanso y retirarse antes, lo cual puede ser muy
conveniente para un estudiante, una madre con hijos
chicos o quien tiene dos empleos.
El contrato a término hoy existe pero con muchas
limitaciones. La flexibilización supondría la
posibilidad de contratar a una persona por un tiempo
determinado, no necesariamente corto, sin que exista
indemnización por despido al término de la relación.
Todas las flexibilizaciones en materia de horarios y
descansos cuentan con un amplio apoyo de la población, y
ese apoyo se da entre frenteamplistas, colorados,
blancos, nuevoespacistas e independientes, de los dos
sexos, los cuatro niveles socioeconómicos, los
diferentes tramos de edad y tanto en la capital como más
fuerte aún en el interior. El contrato a término divide
las opiniones casi por igual, con leve predominio de los
juicios negativos. Concita fuerte rechazo entre los
frenteamplistas y leve apoyo entre colorados y blancos.
(Informe de Factum Opinión Pública, especial para El
Observador. Derechos reservados.
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