|
La
primera de las elecciones de cada ciclo electoral plantea la
particularidad de ser un acto de concurrencia obligatoria, en el
marco de un ciclo y de un régimen en que domina el principio del
voto obligatorio, tanto para elecciones como para plebiscitos y
referendos. La dualidad es producto de ver el acto electoral de hoy
como “elecciones internas”, es decir, como diversos actos separados
y simultáneos al interior de cada partido. En realidad la naturaleza
del acto es de elecciones generales, con convocatoria a todo el
Cuerpo Electoral, para sufragar en un único acto, ante una única
comisión receptora de votos, para escoger la preferencia dentro de
una oferta de candidaturas de todos los partidos. Más aún, en el
voto no se estampa la calidad de “Voto en el partido X”, sino “Voto
al lema X”. Hay pues los mismos lemas que en una elección nacional o
municipal. Más aún, la propia Carta Magna obliga a los partidos a
concurrir a estas elecciones generales peculiares como requisito
sine qua non para participar en las siguientes elecciones tanto
nacionales como municipales. Lo cierto es que el hecho de que en
junio el voto resulte voluntario y en octubre resulte obligatorio
plantea, además de la discusión sobre la coherencia o incoherencia
del sistema, un viejo debate sobre la naturaleza del sufragio: si es
exclusivamente un derecho o si es un derecho-deber.
El problema no tiene resolución analítica, pues las opciones
corresponden al campo de las ideas y las opciones políticas. Para
unos predomina la libertad del individuo, y ante ello, como ante
cualquier otra libertad, tiene el derecho de ejercerla o de no
ejercerla. Para otros predomina la obligación cívica, el deber que
surge de la pertenencia a una comunidad y, consecuentemente, la
inexistencia del derecho a prescindir de sus obligaciones en cuanto
al conjunto de la sociedad; y en esas obligaciones colectivas se
inscribe la de asumir la responsabilidad de decidir quiénes ocuparán
los cargos de legislación y de gobierno, y en casos de plebiscitos y
referendos, qué normas deben dictarse o ratificarse, y cuáles deben
rechazarse.
Pero la dicotomía del voto obligatorio-voluntario tiene otra
lectura, ya no en el plano de los derechos y los deberes, sino en el
de los efectos concretos de uno u otro sistema. Es decir, la
pregunta comienza con una pregunta: ¿Quiénes se auto excluyen con el
voto voluntario? ¿Quiénes quedan sobrerrepresentados sin la
obligatoriedad del voto? ¿A quienes se incluye en el sistema
político, forzosamente pero se los incluye, cuando el voto es
obligatorio?
El tema es más importante cuando la participación es baja, es menor
importante y hasta casi inexistente cuanto la participación es alta.
En Uruguay hasta 1966 el voto fue de hecho voluntario, al no haber
sanciones al incumplimiento de la obligatoriedad del voto; sin
embargo, la tasa de participación estuvo siempre por encima del 80%
de un padrón electoral deficientemente depurado, lo cual permite
suponer que no debe haber estado muy lejos de tocar el 90% del
electorado real. Sin embargo, en las pasadas “elecciones internas”
(primera vez que hubo voto voluntario en Uruguay desde 1966) la tasa
de participación fue del 54%. Quizás pueda explicarse por el hecho
de que una elección de candidatos tiende a ser menos convocante que
una elección definitoria. En las recientes elecciones celebradas en
la Unión Europea (culminadas el 13 de junio) para el Parlamento
continental, la tasa media de participación para los 25 países fue
del orden del 46%; de los dos países con mayores raíces de los los
uruguayos, España aparece en el promedio mientas que Italia trepa a
más del 75%. Pero aquí otra vez vienen las explicaciones: en España
se votó solo al Parlamento Europeo, en Italia fueron concurrentes
con elecciones comunales y provinciales. En Estados Unidos es
visible que la tasa de participación está directamente relacionada
con el nivel de los cargos a elegir: normalmente la tasa mayor se da
en las presidenciales; en las elecciones congresionales casi siempre
es mayor la tasa cuando son concurrentes con las presidenciales que
cuando no lo son (en otras palabras, va menos gente a votar en las
elecciones de medio período que en las llamadas elecciones
completas). Y las elecciones estaduales promedian bajos niveles de
participación.
¿Quiénes son los auto excluidos? Los estudios realizados en este
país, en Europa y en Estados Unidos concluyen en la misma dirección.
Cuando el voto es voluntario los sectores que se autoexcluyen de las
elecciones son los más excluidos de la sociedad, o los más
disminuidos en la sociedad. En el caso uruguayo es menor la tasa de
participación en el nivel socioeconómico bajo, entre las personas
con educación escolar, en los desocupados y entre quienes
manifiestan poco o ningún interés en la política; la mayor tasa de
participación se da en el nivel socioeconómico alto, entre quienes
cuentan con estudios universitarios, en los funcionarios públicos y
entre quienes manifiestan mucho o bastante interés en política. En
Estados Unidos las minorías étnicas tienen menor tasa habitual de
participación que las etnias dominantes. En la clásica clasificación
norteamericana, participan más los caucásicos que los hispanos, es
decir, más aquellos que descienden directamente de los europeos que
los que provienen de la América mestiza, como la denominaba Ruben
Darío. Pero aún entre los caucásicos, negros e hispanos, hay una
extraordinariamente fuerte distancia en la participación de quienes
se ubican en los estratos socioeconómicos altos que quienes están en
los estratos más bajos.
Todos los estudios académicos sobre el interés y la participación en
política concluyen, no sólo en América y Europa, sino con más fuerza
aún en Asia y Africa, que el interés en la política se correlaciona
fuertemente con la educación formal, el nivel socioeconómico y la
integración al sistema. Por ello precisamente es que en Estados
Unidos los diferentes movimientos que representan a las minorías
excluidas o disminuidas, luchan por incentivar la participación de
esas minorías.
Desde el ángulo de la libertad, sin duda la obligatoriedad del voto
es un elemento violatorio o limitante de la misma. Desde el ángulo
de la igualdad en la decisión, la obligatoriedad al forzar la
participación evita que las decisiones en una democracia se eliticen.
Forzando los términos puede decirse que es una dicotomía entre la
libertad del individuo y la democracia: el voto se democratiza a
expensas de la libertad del individuo; la libertad se protege en
perjuicio de la democracia. |