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En las dos últimas semanas se emitieron significativas señales
interrelacionadas desde el poder político, el poder de la judicatura
y el poder sindical. La lectura conjunta de dichas señales conllevan
a describir un determinado tipo de país, que será bueno para unos y
malo para otros, prolijo o desprolijo, pero que lo único claro es
que aparece bastante diferente al que surge del discurso político o
forense.
Conviene describir cada señal:
Uno.
La existencia o aplicación del delito de desacato por ofensas.
Modernamente este delito es considerado una seria limitación a la
libertad de opinión y una restricción de la libertad de prensa, al
punto que una decena de países latinoamericanos lo han eliminado de
los respectivos códigos penales y su derogación es objeto de campaña
por parte de las organizaciones de periodistas y medios de
comunicación
Dos.
La aplicación de esta figura delictiva para reaccionar ante una
crítica al sistema judicial de parte de un jerarca del poder
político (crítica hecha de mala manera y en mal momento). Aparece
como una reacción de tipo corporativo para sostener una especie de
intangibilidad de los magistrados, que estarían por encima de toda
crítica. Sin embargo, en la esencia misma de la democracia está el
derecho de los ciudadanos a expresar su opinión aun en el más
profundo error y con la más extrema ignorancia; y en ese derecho
reside la posibilidad de sostener que un magistrado es burro o
incapaz, que un legislador es un verdadero analfabeto. La libertad
de opinión no existe solamente para garantizar que los ciudadanos
alaben la equidad de los jueces o la sabiduría de los
parlamentarios. Decir según el gusto del poderoso no es un ejercicio
de libertad; la libertad reside en el derecho de decir a disgusto
del poderoso y la obligación del poderoso de tener que tolerar ese
disgusto
Tres. La magistratura considera mucho más grave la ofensa a un
magistrado que una maniobra perfectamente organizada y planificada
para defraudar al fisco. Lo primero supone prisión, lo segundo
trabajos comunitarios. Tanto la ofensa como la maniobra pueden no
haber existido, ya que dista para que haya fallos definitivos, pero
se presumen ante la semiplena prueba de existencia de lo uno y de lo
otro. Ante la semiplena prueba de cada cosa, la señal dada es que la
magistratura usa la ley ante todo para defenderse a sí misma.
Cuatro. Un poder político que presiona al Poder Judicial. Primero
por vía del director de rentas descalifica a un magistrado porque se
pronuncia en sentido diferente al del administrador-acusador, y
luego por vía del presidente de la República, del ministro de
Economía y de varios senadores de la mayoría, expresa en forma
pública su apoyo al jerarca político procesado por el juez. No es
una señal privada, íntima, de solidaridad humana, sino una señal
pública de apoyo político, que en definitiva es una señal política
de confrontación con el sistema judicial, una señal de presión sobre
la magistratura.
Quinto. La supremacía de la recaudación fiscal sobre cualquier otro
derecho. La crítica presente del administrador-recaudador al juez
está en la misma línea de cuando sostiene la inversión de la carga
de la prueba en materia fiscal (todo sospechado por la
administración es culpable hasta que demuestre lo contrario) y
cuando impulsa que todo secreto decaiga ante el objetivo de la
recaudación fiscal. Que el secreto periodístico, el de padres con
hijos, el de confesión, el de abogado y cliente, el de médico y
paciente, todos ellos decaigan ante el objetivo recaudatorio del
Estado
Sexto. El poder sindical inaugura el principio de ser decisor en
última instancia de las decisiones judiciales relacionadas con
conflictos laborales. Inaugura porque modifica una tradición del
movimiento obrero uruguayo en sentido diverso. De esta manera se
pone por encima o por delante del poder de los magistrados.
Séptimo. El poder judicial, vía el juez del Trabajo, acepta la
superior decisión del movimiento sindical y del poder político; ante
un planteo de éste, suspende la medida, y ante el cuestionamiento de
aquél, se aparta del caso
Octavo. El poder político, esta vez vía el ministro del Interior, se
transforma en intérprete de la conveniencia o inconveniencia del
cumplimiento de las decisiones judiciales, de la razonabilidad y
procedencia de su cumplimiento. Y para ello interviene sobre la
Suprema Corte de Justicia.
Noveno. La Suprema Corte de Justicia juega el juego de los
equívocos. Recibe el planteo del ministro del Interior en forma
telefónica. De hecho acepta la superioridad de la decisión política
sobre la judicial. Telefónicamente le comunica al juez la
inconveniencia de proceder a ejecutar la decisión judicial (versión
del magistrado) o le comunica la comunicación del ministro (versión
de la Suprema Corte).
Noveno. La Suprema Corte niega haber pedido al juez suspender la
medida porque ello sería afectar su independencia. La independencia
entonces para la Corte no estaría afectada si lo que hace es
trasmitir el pedido del ministro del Interior. Es decir, que con
toda la autoridad de la máxima magistratura no invade la
independencia del magistrado porque simplemente comunica, la
independencia del magistrado si preserva si la majestad de los
jueces supremos deviene en el modesto oficio de mensajero
Diez. Para que no se dude de las garantías procesales, el ministro
lo que comunica lo comunica verbalmente y la Corte recibe la
comunicación verbal, acepta la comunicación verbal y la trasmite
también en forma verbal. Todo verbal, por teléfono, sin actas. Y se
juega al teléfono descompuesto: cada quien tiene una versión
diferente de lo que dijo u oyó. Habría que hacer un careo nada menos
que entre el ministro del Interior, el presidente de la Suprema
Corte y un juez del Trabajo.En todas estas señales no importan los
protagonistas concretos ni los casos en discusión, porque las
señales tienen valor en forma genérica y abstracta, y son muy
fuertes. Marcan la existencia de reglas de juego no fáciles de
desentrañar. Lo que aparece es la diferencia entre lo que el país
reclama en el plano internacional y lo que practica en el interno,
la que hay entre el país de los libros de Derecho y el país que
muestran estas señales; la distancia que va del querer ser al ser,
del país virtual al país real.
De
que estos hechos se repitan o en cambio pasen a ser parte del pasado
dependerá la coincidencia del país virtual con el país real.
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