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La República Oriental acaba de tener un resultado formidable como
que la Corte Internacional de Justicia le da la razón por virtual
unanimidad (ya que el único voto contrario es el del conjuez
designado por la contraparte); de ahora en adelante no cabe ninguna
forma jurídica lícita y civilizada de paralización de las obras de
construcción de las plantas de celulosa. Este es un éxito del país
en general y del gobierno en particular, que obedece a diversas
causas y fundamentos que conviene puntualizar.
En
primer término es un país que actúa normalmente en un estricto apego
al derecho internacional y proclama la primacía del derecho por
sobre la fuerza y los hechos consumados, y además brega
incansablemente por la extensión y profundización del derecho
internacional. No es de ahora sino que viene de mucho tiempo atrás,
al menos de lo que es mucho para un país de corta vida.
En
segundo lugar, en cuanto al episodio concreto del manejo del río
Uruguay y de la construcción de dos plantas de celulosa en
territorio uruguayo sobre el río, sin perjuicio de errores que no
deben soslayarse, el país actuó con suma prolijidad, trasparencia y
seriedad. Ello no es óbice para marcar dos errores concretos: que en
los primeros pasos de las autorizaciones el gobierno Batlle omitió
el cumplimiento de los procedimientos previstos en el Estatuto del
Río Uruguay (que el país considerado salvado mediante el acuerdo
Opertti-Bielsa) y que el presidente Vázquez proclamó que las obras
eran paralizables, y formuló un llamado en tal sentido (este último
error no fue salvado y fue utilizado en la argumentación argentina)
En
tercer lugar, llevado el caso por Argentina a la Corte Internacional
de Justicia, el gobierno (Presidencia y Cancillería) jugó todas las
baterías, sin escatimar recursos materiales y humanos, consciente de
que en la instancia preliminar se jugaba la suerte de las obras, y
más que las obras en concreto, de toda posibilidad de captar
inversiones de tal magnitud. En esa línea se buscó lo mejor que
tenía el país para enfrentar el caso y se contrató lo mejor que
Uruguay tuvo a su alcance, en un formidable esfuerzo económico; así
es que puso al frente del operativo justiciable a un
internacionalista del nivel de Gros Espiell, apoyado por juristas de
nota del país (como Paolillo o Pérez Pérez) y diplomáticos de
relieve (como Gianelli), más la contratación de un formidable
estudio norteamericano y el auxilio de un connotado
internacionalista italiano. La defensa uruguaya fue sobria, razonada
y contundente, como que sus argumentos son los que en esencia recoge
la decisión de la Corte.
En
cuarto lugar hay que contabilizar que en la vida no siempre se gana
exclusivamente por mérito propio, sino que ayuda el demérito ajeno;
y Argentina hizo una presentación efectista, destinada a
enfervorizar al sector de la opinión pública ya convencido en contra
de las iniciativas, con fuerte confusión entre una instancia sobre
medidas cautelares y una litis de fondo. El país vecino paga el
precio de haber recurrido a la máxima instancia judicial
internacional no con una finalidad de justiciabilidad, sino como una
jugada política improvisada en medio del corte de los puentes, las
movilizaciones ambientalistas y los intereses electorales del
gobernador de Entre Ríos.
Hasta ahora el caso de “Las Papeleras”, como ha quedado catalogado
en la jerga periodística y popular, marca una gran diferencia en el
estilo de dos países y de dos gobiernos. Argentina como país, como
sociedad y como gobierno tiene una cultura de baja credibilidad en
el imperio de la norma, de la norma misma y del sistema judicial
como ingeniería para que la norma efectivamente impere. La tradición
del país vecino privilegia la fuerza y la astucia por sobre la
judicialidad. Cultura producto de muchas cosas, pero entre otras de
la politización en algunos casos y la corrupción en otros de las
instancias judiciales, Suprema Corte de Justicia incluida, y también
del gusto y regusto por la primacía de la fuerza. La tradición
uruguaya es lo contrario y dicho despectivamente puede decirse que
es una tradición leguleya; no hay controversia política por fuerte
que fuere, que en gran medida no se plantee como una lucha de
interpretaciones jurídicas. Como país pequeño, integrado, con cierto
grado de homogeneidad social, mediatizador, de clima templado y
suelo suavemente ondulado, el uruguayo tiende a apelar al juicio o
al arbitraje, a la vigencia de la norma, por encima de la imposición
de la fuerza (por supuesto que tiende y cada tanto la tendencia no
se da).
Esa
diferencia de culturas no es menor a la hora de analizar lo que se
viene. Porque el problema del derecho internacional es que todavía
es un derecho imperfecto, al que le falta un elemento esencial del
derecho cual es la coercibilidad, la posibilidad de obligar por la
fuerza al cumplimiento de la norma si no es acatada voluntariamente.
Si Uruguay perdía se sabía que no había un después, pues nadie podía
dudar de su estricto cumplimiento a un fallo adverso. A la inversa,
es la hora en que Argentina debe dar señales trascendentes, no solo
para Uruguay y sobre este caso, sino para la región entendida como
el Mercosur de cuatro o cinco países, para la región entendida como
Sudamérica o América Latina, para el hemisferio y para lo que pueda
importar al resto del mundo. Porque los procesos de integración
económica por áreas del planeta, y también la interrelación entre
países del globo, dependen del grado en que los diferentes actores
estén dispuestos a someterse a un esquema normativo y a su
corolario, el cumplimiento de los arbitrajes y sentencias.
Cumplimiento real y no formal, por comisión y sin omisión.
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