
Si hay algo
absolutamente confuso y plástico en el esquema
institucional del país, es el rol del vicepresidente
de la República. En los últimos días se ha oído
muchas expresiones sobre la relación entre el
candidato presidencial y el candidato
vicepresidencial de los dos partidos que compiten
efectivamente por dichos cargos. Se ha dicho “no hay
un uno ni un dos”, lo que sugeriría una especie de
diarquía, y se han dicho otras cosas similares que
apuntan a un rol fuerte en el gobierno del
vicepresidente de la República. El tema merece
abordarse desde el ángulo formal, el estrictamente
jurídico, y desde el ángulo fáctico – “del derecho
material” dirían los juristas italianos – es decir
desde lo que surge de la praxis respecto a esta
institución de escasa antigüedad en la vida del
país, como que ha existido menos de medio siglo en
la vida del país, en tres periodos: 1934-1952,
1967-73 y desde 1985. De esos 48 años, en 11 no hubo
vicepresidente de la República (por muerte del
titular o por pasar a ocupar la Presidencia de la
República) y en 2 al vicepresidente se le quitó el
rol de presidente de la Asamblea General. En total,
pues, la situación actual cuenta con 35 años de
vida, 24 de los cuales en la actual etapa
institucional del país, luego de la restauración
constitucional de 1985. Es muy poco para extraer
modelos y prácticas, y para generar normas
consuetudinarias.
Todo lo que la
Constitución de la República refiere a las funciones
y competencias del vicepresidente de la República
está contenido en dos artículos. El 94 dice: (la
Cámara de Senadores) “Será
integrada, además, con el Vicepresidente de la
República, que tendrá voz y voto y ejercerá su
Presidencia, y la de la Asamblea General” Y el 150,
redundante, expresa: “Habrá un Vicepresidente, que
en todos los casos de vacancia temporal o definitiva
de la Presidencia deberá desempeñarla con sus mismas
facultades y atribuciones. Si la vacancia fuese
definitiva, la desempeñará hasta el término del
período de Gobierno. El Vicepresidente de la
República desempeñará la Presidencia de la Asamblea
General y de la Cámara de Senadores”
En
buen romance la función titular y permanente del
vicepresidente de la República es una sola: la de
presidente de la rama alta del Parlamento y del
Parlamento en su conjunto. Es pues la cabeza del
Poder Legislativo, poder separado y al menos igual o
superior al Poder Ejecutivo. No es miembro del Poder
Ejecutivo y ordinariamente nada tiene que ver con
él. Su otra función es la de suplente del presidente
de la República, y como cualquier suplente tiene las
atribuciones de dicho cargo cuando los ocupa,
oportunidad en que queda separado de la función
parlamentaria. No hay pues confusiones jurídicas: el
vicepresidente de la República es la cabeza del
Poder Legislativo, no integra el Poder Ejecutivo, y
cuando pasa a integrarlo en ese tiempo nada tiene
que ver con el Legislativo. Su relación con uno u
otro poder es alternativa y nunca simultánea.
En
una primera etapa fue absolutamente inequívoca la
pertenencia del vicepresidente al Parlamento y su
separación del gobierno. Así ocurrió en los dos años
de concurrencia de funciones de Alfredo Navarro, en
los periodos completos de Charlone y Guani, en el
semestre de Luis Batlle y en el año y cuarto
constitucional de Jorge Sapelli. También así ocurrió
con nitidez – tras la restauración institucional –
en los quinquenios de Enrique Tarigo y Gonzalo
Aguirre Ramírez, en término incompleto de Hugo
Batalla y en el quinquenio de Luis Hierro López.
Entonces, en 30 de los 35 años la praxis coincidió
estrictamente con la lógica formal. Quizás
contribuye mucho a esa separación, no solo lo formal
sino lo político. De los cuatro que pasaron por el
cargo en el último cuarto de siglo, solamente en el
caso de Tarigo hubo una relación presidente y vice
de uno-dos de la misma corriente política. Porque
Aguirre y Batalla encabezaban corrientes diferentes
en el mismo partido, y Hierro López pertenecía a la
otra corriente colorada, paritaria en fuerza con la
presidencial.
Con Tarigo es quizás donde mejor se dio el rol de un
vicepresidente separado del Poder Ejecutivo y
articulador con el oficialismo y con el Parlamento.
Porque – salvo cuando suplió al primer mandatario -
no tuvo despacho en el Edificio Libertad ni se sentó
en reuniones del Consejo de Ministros (que en ese
periodo fueron muy pocas), fue la visible cabeza del
Poder Legislativo y además la cabeza del partido de
gobierno, en tanto secretario general del Partido
Colorado. A lo que ayudó mucho una franca relación
de amistad con Sanguinetti. Ni Aguirre (que presidió
brevemente el directorio del Partido Nacional y
fueron frecuentes los cortocircuitos públicos con el
presidente) ni Batalla fueron los articuladores
gobierno-parlamento. Sí lo fue Luis Hierro, pero no
ocupó la cabeza formal del partido de gobierno.
En
dos oportunidades la imagen expuesta por el
vicepresidente de la República ha sido diferente, la
de un miembro del gobierno, asistente a las
reuniones del gabinete, como Jorge Pacheco Areco
(que siendo vicepresidente tuvo despacho en Casa de
Gobierno) o Rodolfo Nin Novoa (que asiste a sesiones
del Consejo de Ministros). La peculiar situación
política de Nin Novoa (ingresa al Frente Amplio un
año después de ocupar el cargo) lo privó de la
posibilidad (si es que existía) de ser el
articulador entre el gobierno y el oficialismo,
aunque sí lo fue con el Parlamento (aunque quizás
menos que Tarigo). Pero se evidenció una fuerte
confusión entre su rol de cabeza del Poder
Legislativo y la imagen de un número dos integrante
del Poder Ejecutivo.
No
es nada menor para la separación de poderes, para el
rol del Parlamento y para el peso político de la
Presidencia de la República, el papel que juegue el
vicepresidente de la República. Porque la
continuidad y afianzamiento del modelo de número dos
del gobierno constituye un peldaño más en el camino
hacia la hiperpresidencial (expresado en lo
simbólico además, en que bajo este gobierno ha
desaparecido el uso de la expresión Poder Ejecutivo
para ser sustituida, al estilo de los países
tipicamente presidencialistas, por la expresión
Presidencia de la República). Mucho más si – como se
ha manejado desde exponentes de las dos principales
fórmulas presidenciales – se mencionan especies de
diarquías, como en el consulado romano.
El diseño constitucional es lo suficientemente
confuso como para dejar en manos de la praxis el
fortalecimiento o el debilitamiento de la simbología
parlamentaria y de la simbología presidencial, que
como se sabe, lo simbólico no es accesorio sino que
hace a la cosa, la expresa y la determina. Por ello
es muy importante observar qué señales más aparecen
en esta campaña electoral y luego con el estreno del
próximo gobierno.