
Los cuentos de aparecidos eran de
los preferidos por la gente de campo, contados como
anécdotas reales en el semicírculo formado a la
noche en torno al fogón. Son relatos de cómo la
vívida estampa de un muerto se le apareció a
alguien, de improviso, la mar de las veces para
asustarlo, recordarle cosas incontables, cobrarle
cuentas pasadas, y la menor de las veces como
regocijo o consuelo. Estos relatos no son
esencialmente diferentes a los de los fantasmas que
rondan los castillos escoceses o de los esqueletos
guardados en los castillos medievales.
Días pasados un fantasma se
apareció en la Torre Ejecutiva (la sede
administrativa de la cabeza del gobierno nacional),
como quien dice se vio el esqueleto o la aparición
de un muerto de larga vida durante la longeva
Constitución de 1830: el fantasma del antiguo Jefe
Político departamental, muerto con la
descentralización político territorial, la creación
de los gobiernos departamentales y las sucesivas
limitaciones al poder presidencial y en general al
poder del Poder Ejecutivo. Como inicio de la sección
X de la primer Carta Magna vernácula, titulado
“Del gobierno y administración interior de los
departamentos”, su artículo 118 rezaba:
“Habrá en el pueblo cabeza de cada Departamento un
agente del Poder Ejecutivo, con el título de Jefe
Político, y al que corresponderá todo lo gubernativo
de él (…)”. Las potestades de los todopoderosos
jefes políticos quedó limitada y desdoblada desde
enero de 1909, con la instalación de los intendentes
municipales también nombrados por el Poder
Ejecutivo. Los intendentes fueron sucedidos luego
por órganos unipersonales o colegiados electivos
(intendentes, concejos de administración
departamental, concejos departamentales). Mientras
que los jefes políticos no murieron, sino que a poco
de andar cambiaron de nombre y de funciones, pasaron
a ser los actuales jefes de Policía, designados por
el Poder Ejecutivo y que representan al mismo en el
respectivo departamento.
El fantasma redivivo es una
iniciativa, muy en borrador, de crear en cada
departamento un “delegado presidencial”. Lo cual
plantea dos temas: la posibilidad de la aparición de
una figura que competiría por un lado con la primera
figura política departamental cual lo es el
intendente municipal y por otro con el agente del
Poder Ejecutivo cual lo es el jefe de Policía, cuya
función no empieza ni se agota con el mando de las
comisarías y los agentes policiales, sino que su
función es además política y de representación del
Poder Ejecutivo.
Durante la Constitución de 1830
existía una plena sinonimia entre ser representante
presidencial y serlo del Poder Ejecutivo, pues – tal
cual lo describía el artículo 72: “El Poder
Ejecutivo de la Nación será desempeñado por una sola
persona, bajo la denominación de Presidente de la
República Oriental del Uruguay”. Desde 1918 en
adelante, pese a la formidable confusión que se da
en algunas personas en muchos ámbitos (político,
politológico y gubernativo) el Poder Ejecutivo es
pluripersonal, no lo desempeña una sola persona y no
empieza ni termina con la sola presencia del
presidente de la República. Entonces, el tema que
reaparece con este fantasma es otro fantasma: el
querer revivir al omnipotente presidente muerto de
la Constitución de 1830, al que don José Batlle y
Ordóñez calificaba de “mayestático”. Desde su
elección Mujica convive en la contradicción de la
sencillez que exhibe en su vida y los fastos
imperiales que aparecen cada tanto en sucesivos
proyectos, quizás más por culpa de quienes lo
aconsejan que de sí mismo (aunque la historia está
llena de la exculpación al rey y la culpabilización
de la Corte). Estos fastos aparecieron cuando la
idea del Ministerio de la Presidencia, luego
republicanizado en Ministerio de Gobierno y más
tarde desvanecido en la bruma otoñal, y reaparecen
con la idea de crear en cada provincia los “Ojos y
Oídos del Rey”, como la creación del persa Darío y
la posterior institucionalización romana. Es difícil
lograr poner la figura presidencial en el justo
lugar que le da el ordenamiento jurídico, la
tradición y la cultura política uruguaya, cuando los
que rodean a los presidentes (actuales y pasados),
las propias personas que han ocupado la magistratura
(no todas, pero sí la mayoría) y buena parte de los
aspirantes a ocuparla, sueñan con investir un cargo
del poder del presidente norteamericano, chileno o
argentino (que es muy poderoso, aunque se ciñese
estrictamente a lo que emana de la Constitución).
Lo otro tiene que ver con las
complejidades que supondría la existencia de estos
verdaderos “Ojos y Oídos del Rey” en cada
departamento, como figura que entraría en
competencia simbólica con el intendente municipal,
porque si este último es el elegido por el pueblo,
el otro es el ungido por la más alta investidura
nacional, al que la creencia popular otorgará sin
duda el poder de hablar al oído de quien cree además
que es el mandante todopoderoso. Quizás los roces
con el jefe de Policía sean solo jurídicos y no
reales, pues estos jefes hace bastante tiempo que se
han olvidado, o se les ha hecho olvidar, la
representación política que invisten.
Sin duda es necesario esperar que
este borrador se ponga en limpio, para saber con
mayor claridad cuáles son los propósitos
presidenciales, si cuenta o no con el aval de todo
el Poder Ejecutivo y del oficialismo, qué reacciones
provocará en el Congreso Nacional de Intendentes.
Será necesario esperar todo ello antes de poder
vislumbrar con mayor claridad los problemas que esta
figura crearía. Y sobre todo que alguien aclarase si
además de causar todos los problemas que sin duda va
a causar, cuáles cometidos tendrá y cuál será en
realidad su efectividad. Sin perjuicio, además, de
la dudosa constitucionalidad (para no decir la
flagrante inconstitucionalidad) que supondría la
existencia de delegados presidenciales. Lo
importante es saber para qué el presidente entra en
este terreno tan espinoso cuando tiene mucho campo
pare desbrozar, que no le va a ser tarea sencilla.