¿Puede
haber un candidato bipartidario a una
intendencia?
Oscar
A. Bottinelli
En los últimos tiempos, cada tanto
aparece la idea de propiciar un candidato
bipartidario a una Intendencia Municipal.
Concretamente, se han mencionado algunos nombres
como posibles candidatos comunes del Partido
Colorado y el Partido Nacional a la Intendencia
Municipal de Montevideo como una forma de enfrentar
con posibilidades ciertas al Frente Amplio. Cabe la
pregunta de si puede haber un candidato
bipartidario a una Intendencia.
En general, en Uruguay, particularmente desde
la Constitución de 1952 en adelante, la
elección de las autoridades departamentales
se realizaba junto con las autoridades nacionales.
En el caso de la Constitución del 52 era
incluso en la misma hoja de votación; en la
misma lista se votaba desde el Poder Ejecutivo
hasta las autoridades departamentales. Y en la
Constitución del 66 se votaba en hojas
separadas pero obligatoriamente tenían que
ser del mismo lema. La innovación más
importante a este respecto de la reforma de la
Constitución de 1996-97 fue la
separación en el tiempo de las elecciones
municipales, lo que implica dos hechos: la
separación en el tiempo por un lado, y una
cierta desvinculación jurídica, en la
forma. El tema es si la desvinculación en la
forma es total o no y si para la elección
del 14 de mayo del 2000 se puede formar un partido
accidental, propio, con un nombre especial que
postule un candidato a la Intendencia de
algún departamento. Específicamente
se ha mencionado un candidato común a la
Intendencia de Montevideo del Partido Nacional y el
Partido Colorado. Esto lo han mencionado algunos
analistas y alguna gente, pero nunca ha sido
mencionado oficialmente por los principales
dirigentes de ninguno de estos dos
partidos.
Vamos a analizar no la viabilidad
política sino la técnica de esta
posibilidad. Las elecciones del 14 de mayo del 2000
se realizan para elegir en cada uno de los 19
departamentos al intendente municipal, al
"Parlamento departamental" que son las juntas
departamentales y -por ahora en tres casos, pero
esto puede ampliarse muchísimo- las Juntas
Locales Electivas.
Las candidaturas para la elección del
14 de mayo del año 2000 surgen en principio
de las elecciones llamadas internas o preliminares
que se realizan un poco más de un año
antes, el 25 de abril del año que viene. Hay
una relación -por eso yo hablaba de una
cierta desvinculación en la forma- entre
estas elecciones de abril -que son preliminares a
muchos efectos, no sólo para el candidato
presidencial de cada partido- y las elecciones
municipales.
La disposición transitoria "W" en su
literal "G" dice que quien se presentare como
candidato a cualquier cargo en las elecciones
internas sólo podrá hacerlo por un
partido político y queda inhabilitado para
presentarse como candidato a cualquier cargo en
otro partido en las inmediatas elecciones
nacionales y departamentales. Dicha
inhabilitación alcanza también a
quienes se postulen como candidatos a cualquier
cargo ante los órganos electores
partidarios. Es decir que el 25 de abril se elige
candidato único a presidente, convenciones
nacionales y departamentales. Cualquier persona que
figure en las listas, aún como último
suplente a una Convención Nacional o
Departamental, no puede postularse ni en octubre ni
en mayo siguiente a ningún cargo por
ningún otro partido que el que figuró
en el mes de abril. Si estuvo en el Partido
Nacional tiene que postularse por ese partido, si
lo hizo en el Partido Colorado también por
ese partido y si figuró en el Frente Amplio
por el Frente Amplio. Puede no postularse, irse a
la casa, no está obligado a ser candidato;
pero si es candidato a cualquier cosa sólo
puede serlo por el mismo partido por el cual
figuró en la lista en que estuvo en las
elecciones internas o preliminares del 25 de
abril.
¿Puede haber un candidato bipartidario a
una Intendencia? La primera respuesta es que
sí, aunque técnicamente
estuviéramos hablando de un candidato
extrapartidario. No puede haber cruces,
podría haber un nuevo partido, el Partido
por el Departamento de Montevideo, el Partido por
el Departamento de Canelones, el Partido por el
Progreso de Maldonado, que llevaran candidatos que
originalmente fueran blancos o colorados. Pero esto
está implicando lo que a priori no
sería demasiado problema: que quienes vayan
a ser candidatos de más de un partido en las
elecciones de mayo del 2000 no se presenten ni en
el Partido Nacional ni el Partido Colorado a las
elecciones internas, ya que se van a presentar por
otro partido de características
estrictamente departamentales. Esto estaría
implicando que la posibilidad de un candidato
bipartidario a una Intendencia para las elecciones
de mayo del 2000 tiene que definirse mucho antes de
abril del 99 para decir que Fulano va a ser
candidato, éste no va en ninguna lista
blanca ni colorada en las elecciones
internas.
Pero esto que parecería relativamente
posible -las complicaciones políticas son
muy grandes-, que no sería tan
difícil -es un titular y cuatro suplentes-
se complica con que simultáneamente se
eligen las Juntas Departamentales por un
período de cinco años. Las Juntas
Departamentales tienen 31 miembros, el que gana
tiene asegurados 16 cargos por la
Constitución y si saca mucho más de
la mitad de los votos puede llegar a tener 17 o 18
cargos. Esto implica que no sólo el
candidato a intendente y sus suplentes sino todos
los candidatos titulares y suplentes a la Junta
Departamental, que son 124 nombres -31 titulares
con triple número de suplentes-,
también deben acordarse a los efectos de que
no figuren en la elección interna del
Partido Nacional ni del Partido Colorado. El tema
entonces es mucho más complicado, porque la
elección de la Junta Departamental ya no es
sólo de partidos sino, dentro de los
partidos, de fracciones. Y, dentro de las
fracciones, de agrupaciones, de listas. En las
Juntas Departamentales muchas veces se inician las
carreras políticas de gente muy joven, es el
lugar donde se expresan políticamente
dirigentes barriales o zonales o regionales y por
lo tanto es un lugar con sus áreas propias
de competencia y de representación.
Parece algo muy difícil desde el punto
de vista práctico y político que
antes de las elecciones internas, cuando aún
no se dirimieron las candidaturas de los partidos,
el peso político entre las distintas
agrupaciones, se pueda hacer un acuerdo "in totum"
entre dos partidos sobre la totalidad de la
integración de una Junta Departamental que
se va a instalar un año y medio
después. Además, estamos hablando de
que todos esos nombres tendrían que quedar
fuera de ambos partidos tradicionales en la interna
y luego vamos a tener una sucesión de
"terremotos políticos". La elección
de abril es un "terremoto político", define
la posición entre los partidos y, dentro de
cada partido, define quién es el candidato a
presidente y cuál es el peso de cada una de
las fracciones. En octubre tenemos otro "terremoto
político" con la elección del
Parlamento y de quienes van al balotaje. Luego
tenemos el balotaje y recién después
de que se instaló el nuevo gobierno viene la
elección municipal. Mucho antes de que
ocurra todo esto tendría que haber un
acuerdo político perfecto, hasta con el
último edil, para que pudiera haber
candidaturas bipartidarias a una Intendencia
Municipal.
En síntesis, no es imposible que haya
candidaturas bipartidarias o pluripartidarias a
Intendencias Municipales, pero las dificultades de
la ingeniería electoral hacen que ello sea
extremadamente difícil.
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