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Los caminos hacia la reelección presidencial.
La ley constitucional y el plebiscito simultáneo
Oscar A.
Bottinelli.
Versión no corregida por
el expositor
JOSÉ IRAZÁBAL:
Como se ha difundido reiteradamente, en el oficialismo ronda
la idea de la reelección inmediata del Presidente de la
República, lo cual requiere reforma constitucional.
El viernes pasado Oscar A. Bottinelli, director de Factum,
comenzó el análisis de los diferentes caminos hacia esa
reforma. Hoy nos propone: “Los caminos hacia la reelección
presidencial. La ley constitucional y el plebiscito
simultáneo”.
***
Oscar....
OSCAR A. BOTTINELLI:
Dijimos el otro día que la reelección presidencial inmediata
requiere reforma constitucional y que hay tres caminos. La
Convención Nacional Constituyente, sobre lo que nos
explayamos el viernes pasado, la ley constitucional con
plebiscito de ratificación y el tercer camino es la
iniciativa ciudadana o legislativa que concluye en un
plebiscito aprobatorio simultáneamente con las elecciones.
La ley constitucional requiere el apoyo de los dos tercios
de cada una de las cámaras y luego un plebiscito. Así es
como se aprobó la Constitución de 1952 y la actual
Constitución de 1997.
El Partido Nacional hace muy poco cerró las puertas a toda
negociación sobre reelección presidencial. Mientras el
Partido Nacional mantenga las puertas cerradas y actúe
unido, este camino de la ley constitucional queda cerrado
para la reelección presidencial.
Entonces, el otro camino que queda como alternativa a la
Convención Nacional Constituyente es el que concluye en un
plebiscito simultáneo con las elecciones nacionales. Tiene
dos puntos de inicio: uno es la iniciativa por firmas del
10% de los ciudadanos inscriptos en el Registro Cívico
Nacional y el otro una iniciativa de los dos quintos de los
legisladores, es decir 52 parlamentarios. El Frente Amplio
excede holgadamente esto ya que tiene 69.
¿Cómo es el camino? Después de presentar la iniciativa, que
tiene que tener una antelación de seis meses a las
elecciones, el plebiscito se realiza junto con las
elecciones. En principio, son elecciones nacionales. Sobre
esto hay una decisión de la Corte Electoral aunque la
Constitución habla de las próximas elecciones y podría
discutirse si las próximas elecciones no son, por ejemplo,
las del mes de junio. La Corte ya tiene una resolución
respecto a que son las elecciones nacionales.
El segundo hecho es que para su aprobación requiere el voto
por sí de la mayoría absoluta de los votantes. Es decir,
superar el 50% de todos los que vayan a las urnas. Este es
un camino que ha sido muy usado en lo que podríamos llamar
reformas no orgánicas de la Constitución, es decir, que no
modifican la estructura del sistema de gobierno. Mencionemos
las últimas: las dos de las jubilaciones, las reformas del
89 y del 94, y la reforma reciente del agua en 2004. Y hubo
muchos intentos fracasados. Por ejemplo, el de la educación
o el de la autonomía financiera del Poder Judicial.
Hay un dato clave que es que si la reforma afecta la
integración de órganos, de cuerpos electivos, se vota
simultáneamente por los dos sistemas, vale decir por el
sistema vigente, es decir la actual Constitución, y por el
sistema proyectado. Sobre esto en el país hemos tenido
varios antecedentes. En una oportunidad había un régimen
presidencial como ahora y se lo pretendía sustituir por un
Poder Ejecutivo pluripersonal es decir un colegiado, un
Consejo Nacional. Ahí se plebiscitaba simultáneamente
candidatos a la Presidencia y candidatos al Consejo
Nacional.
En el 58, 62 y 66 hubo plebiscitos para sustituir el
Colegiado que había en ese momento por la Presidencia de la
República. En el 66 efectivamente triunfó la reforma, ahí
todos los partidos presentaron candidatos para el Colegiado
y candidatos para la Presidencia de la República. Es decir
que ya teníamos dos tipos de fórmulas. El hecho de que una
fuera de presidente y vice y otra una lista al Consejo
Nacional de Gobierno, no hacía ver tan claro que se estaba
realmente jugando con dos tipos de fórmulas alternativas. Y
el del 71 es el ejemplo que se maneja mucho en estos días.
Jorge Pacheco Areco, el Pachequismo o la Unión Nacional
Reeleccionista, impulsan la reelección del presidente de la
República y presentan dos fórmulas presidenciales, la doble
candidatura. Una candidatura por el régimen vigente y otra
por el régimen proyectado, el que admite la reelección.
Al plebiscitarse dos candidaturas, dos tipos de hoja de
votación, el plebiscito actúa como una especie de arbitraje.
Vale decir, si no hay mayoría absoluta lo que cuenta son las
candidaturas por el actual sistema. Si el plebiscito
triunfa, es decir, hay más del 50% de los votos a favor de
la reforma, los votos del sistema actual no se toman en
cuenta y sí se toman en cuenta los del régimen que se
proyecta, los de la reforma.
Entonces tenemos dos elecciones simultáneas, una por cada
Constitución y un plebiscito que arbitra diciendo cuál
elección es la que vale.
En el caso actual el tema es que por el régimen vigente el
candidato único de cada partido es el que va a surgir de las
internas. Para el régimen proyectado, el candidato del
partido puede ser único o varios porque cuando se hace una
reforma se pueden reformar muchos artículos. Pero suponiendo
que lo único que vaya a reformarse es el que prohíbe la
reelección presidencial, hay que ver cómo este nuevo sistema
establece la designación de candidatos.
Acá vemos las dos objeciones jurídicas que han aparecido.
Una es que ha salido una tesis diciendo que Vázquez igual no
puede ser candidato a la reelección porque tendría que ir a
las elecciones internas y no puede hacerlo siendo presidente
de la República. Esta es una objeción muy fácilmente
superable porque basta no solo que se modifique el artículo
que prohíbe la reelección presidencial inmediata y la
establezca, sino que basta que se modifique el numeral 12
del artículo 77 de la Constitución que es el que obliga a la
elección de candidatos por elecciones internas. Si se
establece en general o para esta elección en particular que
el candidato lo eligen los partidos de otra manera se
terminó, no hay ningún obstáculo jurídico.
La segunda observación es más polémica, más de fondo, el
numeral quinto del artículo 77 dice que el presidente de la
República –no lo estoy diciendo literalmente para ir al
meollo- no podrá intervenir en ninguna forma en la
propaganda política de carácter electoral. Esto obviamente
es controversial: ¿si no puede integrar ninguna fórmula cómo
puede ser candidato?
El tema es que la Constitución es muy clara en que solamente
para Diputados le prohíbe al presidente ser candidato, ese
es un primer punto. Respecto a esto hubo dos posturas en el
71. El Partido Colorado dijo que esto no impedía que un
presidente de la República pueda ser candidato, lo que le
prohíbe es actuar activamente en la campaña electoral.
Mientras, el Partido Nacional sostuvo que no, que esto le
prohíbe al presidente ser candidato. Entonces, por cinco a
cuatro la Corte resolvió que podía ir, por lo tanto el tema
quedó controversial. Pero ya tenemos dos veces en que el
presidente de la República fue candidato al Senado, encabezó
una lista al Senado. Julio María Sanguinetti lo hizo siendo
presidente en 1999 y Jorge Batlle lo hizo siendo presidente
en 2004. En estas dos oportunidades no hubo ninguna
controversia. No fue controvertida la posibilidad de que el
presidente participara de candidato a algún cargo por ningún
miembro de la Corte Electoral, por ningún partido ni ninguna
agrupación política. Se puede decir que pacíficamente hay
una jurisprudencia tácita de que el presidente de la
República puede ser candidato mientras no participe
activamente en la campaña electoral, salvo por supuesto
candidato a diputado que es lo que la Constitución actual
prohíbe expresamente. Por supuesto que en la reforma podría
también eliminarse ese obstáculo.
Lo que nos queda ver ahora sí son los problemas políticos
que supone esto. En primer lugar implica una doble
candidatura para el Frente Amplio. Pacheco por ejemplo
estableció por el régimen de la reforma, por el régimen
proyectado, la fórmula Pacheco-Bordaberry y por el vigente
Bordaberry-Sapelli. Hizo un juego de demostrar que el
candidato a vice por el régimen de la reforma, si no había
reforma, iba de presidente. Fue una solución. Hubo otra que
manejó el Pachequismo y que estuvo a punto de proclamar.
Eran dos fórmulas separadas: Pacheco-Bordaberry para la
reforma, Sapelli-Giorgi para el régimen vigente. Esa estuvo
casi a punto de ser proclamado, estuvo hasta contratado el
Palacio Peñarol y empezada la propaganda.
El Frente entonces el problema que tiene con la doble
candidatura es que iría Vázquez con un vice, capaz que de
repente el Frente se juega la reelección integral de la
fórmula y es Vázquez-Nin Novoa, pero tiene que presentar una
fórmula por el régimen vigente. Acá el problema político es
si trata de imitar el camino Pacheco y el vice oficia de
candidato presidencial, demostrando que el interés está en
la reelección. Es, por ejemplo, Tabaré Vázquez-Nin Novoa y
por el régimen actual, Nin Novoa y otro de vice.
JI – Claro, en caso de que no se aprobara la reelección
sería Nin Novoa presidente.
OAB – Exacto. El tema es que este camino tiene un problema
que es el siguiente: la reforma es a suerte o verdad, se
puede o no obtener el 50%. Por ejemplo el Frente Amplio
podría ganar, como ganó el pachequismo, pero perder la
reforma y por lo tanto el candidato por el régimen actual es
el candidato de verdad, es el que después se pone la banda
presidencial. Ese es un riesgo que tiene. No es una
candidatura solamente para el cuadro de honor.
Y justamente, como es así, el otro problema es que la doble
candidatura implica lo que podemos llamar dos juegos de
candidaturas diferentes, con figuras políticas de cierta
potencia.
JI – Se puede imaginar eso como una especie de elección
interna a vicepresidente y presidente a la vez. Sería algo
raro...
OB – Además donde de alguna manera hay como una especie de
elección interna: “si voto la reforma voto a Tabaré pero
puedo votar al Frente y no voto la reforma y estoy votando
al otro candidato, al del régimen actual”. Esto puede crear
algún tipo de complicaciones internas.
JI – Uno se puede preguntar cómo se paran en la propia
campaña política aquellos sectores que respaldan a Tabaré y
de repente no les cae demasiado bien el que sea elegido para
ser candidato a vicepresidente...
OB – También eso. Además, ¿cómo se hace una campaña
electoral? Estoy hablando si los candidatos son fuertes -no
quiero decir que Nin Novoa no lo sea pero ahí es muy clara
la apuesta a la continuidad, como fue el caso de Pacheco-Bordaberry
y Bodaberry-Sapelli-, pero si son fórmulas distintas, cómo
se hace la campaña electoral donde hay dos candidatos a
presidente y dos candidatos a vicepresidente.
Mientras la candidatura de la reforma se establece por el
régimen que la propia reforma establezca y puede establecer
incluso un régimen específico ad hoc para esta elección del
2009, la del régimen vigente sí o sí tiene que pasar por lo
que establece la actual Constitución que son las elecciones
internas del último domingo de junio. Entonces, podemos
tener una elección interna que puede ser real, con más de un
candidato potente, peleando por la candidatura, y luego qué
pasa con la candidatura reeleccionista cuando surgió esta
candidatura fuerte de las urnas en el mes de junio.
Genera mucho entrevero político esto de votar por los dos
sistemas salvo, repito, que el Frente Amplio se tirara
completamente al agua.
JI – Uno piensa también de qué complicado es armar una
campaña de esas características para no terminar
confundiendo a los propios electores.
OB – Pacheco, que es uno de los ejemplos que tenemos, lo
hizo sobre la base de ignorar la fórmula vigente. O sea,
sólo sobre la reelección.
Cuando el Colegiado, la elección del 66 es interesante
porque no todos los grupos políticos tenían la misma
intensidad en el apoyo a la reforma. Hubo algunos que
hicieron un énfasis total y absoluto en la fórmula
presidencial, el caso Gestido-Pacheco, caso Batlle-Renán,
caso Gallinal-Ceballos o Heber-Storace. Pero, por ejemplo,
el grupo de Etchegoyen que se llamaba la Alianza en ese
momento proclama la fórmula Etchegoyen-Ortiz hacía campaña
con Etchegoyen-Ortíz pero también hacía campaña con la lista
de sus 6 candidatos al Consejo Nacional de gobierno lo cual
era un poco un entrevero. Era menor que esto porque no eran
dos fórmulas presidenciales y alguno podría creer que se
elegía a la vez un presidente de la República y todo un
Consejo Nacional de Gobierno.
Sin duda lo que menos entrevera la candidatura si la fórmula
presidencial vigente o expresa una continuidad total o es
una fórmula de figuras medias académicas, poco políticas,
donde el Frente se juega todas las cartas diciendo:
“nosotros vamos sí o sí a la reelección y por lo tanto no
llevamos ninguna figura fuerte, ningún político por el
régimen vigente”. Si no las posibilidades de complicación,
primero técnica de armar la campaña electoral y publicitaria
y en segundo lugar la posibilidad de juegos y roces
políticos.
Acá en principio lo que es bastante claro es que la pelota
está en la cancha del Frente Amplio, el gobierno y la
Presidencia de la República. Por lo tanto si pretende
ensayar el camino de una Convención Constituyente tiene que
moverse este año, vimos el viernes pasado que los plazos son
escasos es un régimen muy complicado. Si va a este otro, la
decisión puede tomarse en los comienzos del 2009.
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