Ante
una revolución electoral
Oscar
A. Bottinelli
Esta reforma constitucional en
discusión contiene una reforma
política de tan profundidad que no
parece exagerado calificarla como una
verdadera revolución en el sistema
electoral y en el sistema de partidos. Sin
duda, desde la construcción del
Estado moderno, Uruguay ha contado con un
sistema electoral estable y un sistema de
partidos relativamente estable, que
pasó paulatinamente de un formato
nítidamente bipartidista a un
tripartidismo matemáticamente
perfecto.
Es importante señalar que el
sistema electoral uruguayo, pese a su
complejidad, a ser producto de una
vastedad de disposiciones
constitucionales, más de medio
centenar de leyes, un número mayor
aún de actos-regla de la Corte
Electoral y a un sinnúmero de actos
jurisprudenciales, no es una
construcción artificial ni
arbitraria. Por el contrario, es el
producto de un largo proceso
histórico, y un sistema que en sus
grandes líneas y en su esencia es
comprendido por los votantes. La ingeniosa
frase de Juan Vicente Chiarino, "en
Uruguay el voto es tan secreto que ni el
propio votante sabe a quien vota", queda
rebatida en todo trabajo empírico.
Un estudio de Factum Opinión
Pública, realizado de 1992 a 1994,
permite concluir que el votante uruguayo,
en porcentajes muy elevados, identifica
con claridad las consecuencias de su voto,
de forma directa como indirecta (es decir,
de no triunfar el candidato de su
preferencia, cuál otro se beneficia
del mismo). Inclusive, sus elementos
más relevantes constituyen parte de
la cultura ciudadana: así es como
en la elección de autoridades de
organizaciones gremiales, cooperativas,
comisiones vecinales, clubes deportivos,
además de los propios partidos
políticos, predominan los elementos
centrales del sistema: doble voto
simultáneo, uso de lema y sublema,
lista cerrada y bloqueada, hoja de
votación distinguida por un
número, representación
proporcional pura, adjudicación de
cargos por el método
d'Hont.
Y una de las características
fundamentales del sistema es el papel
central asignado a los partidos
políticos, papel crecientemente
reforzado en las diversas modificaciones
al sistema. Así es como todos las
candidaturas se presentan a través
de partidos políticos, y el voto se
emite un mismo día para todos los
cargos electivos, por un mismo partido
político. Es a él,
además (o a sus agentes
componentes) a quien corresponde
determinar cuáles y cuántas
combinaciones se ofrecen al elector entre
fórmula presidencial, lista
senatorial y lista parlamentaria baja. En
el plano de las autoridades nacionales,
este papel partidario se cristalizó
en la Constitución de 1934 y ha
permanecido invariable (los únicos
cambios han estado en relación a la
vinculación o desvinculación
de las elecciones
departamentales).
En cada ciclo electoral, una vez
cada cinco años (antes, cada cuatro
años) el elector debe realizar una
única macro opción
política, puede orientar sus
preferencias hacia un sólo partido
político. Este hecho, ligado a
otros elementos que determinan fronteras
precisas y rígidas entre los
partidos, ayudó a fortalecer las
pertenencias. Aclaremos que estamos muy
lejos de sobrevalorar al sistema electoral
en materia de pertenencias partidarias. En
Uruguay las adhesiones políticas
son previas a la existencia misma del
Estado moderno; la adhesión
partidaria es anterior inclusive al
sentimiento de pertenencia a un
país. Y estas pertenencias se han
visto robustecidas por el trasvasamiento
generacional. Inclusive la ruptura del
bipartidismo, lejos de quebrar las
pertenencias, generó el
fortalecimiento de las mismas a
través del nacimiento de una
tercera pertenencia, tan fuerte como las
dos tradicionales. Pero tan cierto como
ello son dos cosas: que dichas
pertenencias están en un lento
proceso de debilitamiento, y que el
sistema electoral ayuda a su
conservación.
El sistema planteado, con tres
elecciones en un año, plantea al
elector, por primera vez en las
últimas seis décadas, la
posibilidad de optar por partidos
distintos. Porque nada obliga a escoger al
mismo partido en las elecciones internas
(de abril) que en las elecciones generales
(de octubre). Pero buena parte del
país, que en los comicios pasados
hubiese sido del 36%, estará
necesariamente obligado en la tercera
elección (noviembre, segunda vuelta
presidencial) a optar sí o
sí por un partido
diferente.
Y esto supone un cambio profundo en
el país, que permite avisorar un
formidable impacto sobre las adhesiones y
las pertenencias partidarias. Si la
reforma se implanta, ocurra lo que ocurra,
uno de los tres partidos principales
quedará excluido de la
elección definitoria. Y el que sus
seguidores deban votar por otros lemas,
por candidatos de otras tiendas, abre sin
duda una brecha importante a la fuerte
adhesión partidaria de los
uruguayos, y a la larga puede contribuir a
un cambio fuerte en el sistema de
partidos. Esto puede ser visto como
deseable por unos y como indeseable por
otros (y en particular, nosotros como
analistas no nos pronunciamos), pero no
puede obviarse tomarlo en cuenta.
También es necesaria destacar
que una afectación de las
pertenencias no supone necesariamente un
debilitamiento del papel central de los
partidos. Más aún, otras
disposiciones de la reforma precisamente
apuntan a fortalecer aún más
el papel de los partidos. El efecto
potencialmente formidable no es sobre el
peso de los partidos, sino sobre la
continuidad del actual sistema de
partidos, de todos y cada uno de los
actuales partidos.
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