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La
reforma electoral y sus
efectos
II - La elección
presidencial.
El número de candidaturas
y el doble voto
simultáneo
Oscar
A.
Bottinelli
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2.1 - Los antecedentes
nacionales
Por primera vez en el siglo, el
principio de decisión y la
mecánica de la elección
presidencial se ha transformado en centro
de debate. Desde los célebres
Apuntes sobre reforma constitucional de
José Batlle y Ordóñez
hasta el plebiscito constitucional de
1966, el eje polémico fue la forma
de integración del Poder Ejecutivo:
si unipersonal o pluripersonal,
alternativa que en el lenguaje
político se tradujo por
"presidencialismo o colegiado".
Los dos temas en discusión
sobre la elección en sí del
Poder Ejecutivo, con gran distancia en el
tiempo uno del otro, fueron:
Primero. Elección directa
versus elección indirecta (por
medio de la Asamblea General), tema
debatido y resuelto en la IIa.
Convención Nacional Constituyente.
En la primera opción se situaron
los nacionalistas y los colorados
anticolegialistas; en la otra, los
batllistas. El pacto resultante fue la
implantación de la elección
directa de Poder Ejecutivo a cambio del
establecimiento de la
representación proporcional en la
Cámara de Representantes.
Segundo. La elección
presidencial personalizada, sin doble voto
simultáneo; iniciativa conocida
como "elección de presidente sin
lema". Fue auspiciada en 1946 por el
herrerismo, y entre 1958 y 1962 por el
herrero-ruralismo.
Otros dos temas aparecieron en el
debate a partir de los años
cuarenta, desde actores políticos
de baja relevancia electoral, como
Unión Cívica del Uruguay,
Partido Comunista, Partido
Demócrata y Partido
Socialista:
Uno. La eliminación del voto
conjunto Poder Ejecutivo-Poder
Legislativo.
Dos. La elección de Poder
Ejecutivo en forma partidizada sin doble
voto simultáneo, es decir, con
candidatura única por lema.
A partir de la restauración
institucional aparecieron tres tipos de
iniciativas, desde agentes
políticos relevantes:
Uno. La eliminación del voto
conjunto Poder Ejecutivo-Poder
Legislativo
Dos. La elección mediante
candidatura única
Tres. La sustitución del
principio pluralitario (exigencia de
mayoría simple) por el principio
mayoritario absoluto (exigencia de
mayoría absoluta para decidir la
elección, con la eventualidad de
segunda vuelta entre los dos candidatos
más votados).
Cuatro. La desvinculación o
la separación temporal de las
elecciones nacionales de las elecciones
municipales.
Ahora bien ¿cuántos y
cuáles antecedentes registra el
país de elecciones de Poder
Ejecutivo plenamente competitivas, sin
cuestionamientos ni abstenciones
significativas, con legitimidades
jurídica y social plenas? El
cómputo cabe hacerlo a partir de la
Constitución de 1918 y con
exclusión del período de
vigencia de la Constitución de
1934. El resultado es:
a) Elección indirecta de
presidente de la República, como
una de dos ramas del Poder Ejecutivo:
una
b) Elección indirecta y
parcial de Consejo Nacional de
Administración, como una de dos
ramas del Poder Ejecutivo: una
c) Elección directa de
presidente de la República, como
una de dos ramas del Poder Ejecutivo:
tres
d) Elección directa de
Consejo Nacional de Gobierno, como
única rama del Poder Ejecutivo:
tres
e) Elección directa de
presidente de la República, como
única rama del Poder Ejecutivo :
ocho
Además, las cuatro elecciones
(una directa, tres indirectas) de
presidente de la República como una
de las dos ramas del Poder Ejecutivo,
fueron simultáneas, en el mismo
acto electoral, con las elecciones de la
otra rama ejecutiva, el Consejo Nacional
de Administración.
De las veintitrés elecciones
y dieciocho actos electorales habidos en
el país para decidir Poder
Ejecutivo, en forma de competitividad
plena, sin abstenciones significativas,
solamente ocho corresponden al sistema
vigente en su plenitud: elección
uninominal, de un jefe de Estado y jefe de
Gobierno con jurisdicción plena de
todas las materias, elegido por
mayoría simple y doble voto
simultáneo.
2.2 - Los ejemplos
extranjeros
La experiencia comparada es algo a
lo que cabe recurrir, y se recurre mucho
en las argumentaciones. Entonces conviene
buscar cuáles y cuántos son
los modelos comparables.
Antes que nada, algunas precisiones
preliminares:
Una. Para el análisis de los
efectos y la eficacia de otros sistemas,
debe apelarse a sistemas electorales y
políticos aplicados en
países en donde existan elecciones
plenamente competitivas, libres, por un
período prolongado, con alta
legitimación social de su
resultado.
Dos. La electividad de la
Presidencia de la República,
según la inmediatez del voto,
admite tres variantes:
a) elección directa, como en
Uruguay
b) elección formalmente
indirecta, aunque de hecho directa, como
en Estados Unidos
c) elección sustancialmente
indirecta, como Israel, Italia o
Alemania.
Tres. La Presidencia de la
República no es un tipo
único de institución, y
admite al menos cuatro formas distintas en
cuanto a su rol:
a) como jefatura de Estado y de
Gobierno, cabeza política de la
administración, sinónimo de
Poder Ejecutivo, como ocurre en Uruguay o
en Estados Unidos.
b) como jefatura de Estado y
relativa incidencia en la
conducción gubernamental, aunque
cohabitando con un Primer Ministro con
respaldo parlamentario, como en
Francia.
c) como jefatura de Estado pura y
simple, símbolo y
representación del país, en
una función republicana de
características monárquicas,
típica de los países de
parlamentarismos puros, como Israel,
Italia o Alemania.
d) como parte de un Poder Ejecutivo
de más de una cabeza, ejemplo
inusual en el mundo moderno, como
ocurrió en nuestro país bajo
la vigencia de la Constitución de
1918.
¿Cuál es el por
qué de estas precisiones?
Una. Porque no es posible medir los
efectos sobre el grado de cohesión
o fragmentación del sistema
político si no se cuenta con un
período prolongado de elecciones
realmente competitivivas, en que la gente
sienta que efectivamente se trata de
decidir la continuidad o cambio en la
titularidad del Poder, y que esa
decisión va a ser respetada y
sentida como la única
legítima.
Dos. Porque cambia notoriamente el
posicionamiento político, la
campaña electoral, la
decisión electoral, si se trata de
una elección directa o una
indirecta.
Tres. Porque es fundamental saber
qué se elige. Es radicalmente
diferente la elección presidencial
en Estados Unidos o en el Uruguay, donde
los ciudadanos designan a quién
será el principal conductor
político del país por los
cuatro o cinco años siguientes, que
la elección en Finlandia, que en
nada afecta el funcionamiento
político del país (la
elección realmente significativa es
la de Parlamento, de donde surgirá
la formación del gobierno, y
fundamentalmente, de donde emergerá
el Primer Ministro).
Bien ¿cuántos
países hay que reúnan las
tres condiciones de elección
directa o sustancialmente, para el cargo
de jefe de Estado y jefe de Gobierno
simultáneo, en países con
larga serie de elecciones competitivas y
legitimadas? La lista es sorprendentemente
chica: además de Uruguay (pese a la
interrupción institucional),
sólo cabe incluir a Costa Rica,
Estados Unidos (formalmente indirecta,
sustancialmente directa) y
Venezuela.
Entonces, como resumen de estas dos
partes del artículo, surge que ni
la tradición es demasiado
prolongada, ni tampoco las experiencias
extranjeras son muchas.
2.3 - La eliminación del
doble voto simultáneo. La
candidatura única
La característica central del
sistema electoral uruguayo en la
elección presidencial, es que la
competencia es en primer término
entre agentes políticos y luego, en
un segundo término, al interior de
cada agente político es entre
candidatos. La elección es de tipo
partidizada y no personalizada.
Este hecho no ignora la importancia
de los candidatos. Todo lo contrario. Lo
que hace es poner el acento en el orden en
que se producen las competencias. El
primer nivel, la competencia entre lemas,
no supone necesariamente una lucha
despersonalizada; cada lema es simbolizado
por un conjunto de elementos: programas de
gobierno, principios, figuras y hechos
históricos, colores, íconos
y los propios candidatos presentes (pueden
ser todos, la combinación de ellos,
o el más relevante o los más
relevantes).
El elector, por su parte, no separa
en el tiempo los dos niveles de su
opción. No elige primero por un
partido y luego, en una etapa posterior,
escoge dentro de ese partido por un
candidato. Sino que la elección,
que tiene un orden desde el punto de vista
de la metodología electoral, y de
la lógica de la competencia, es
simultánea en el tiempo. La
opción es pues combinada: se escoge
un partido con candidatos, o se escoge un
candidato que pertenece a un
partido.
Esta lógica del doble voto
simultáneo puede resultar confusa.
Incluso puede dudarse de la validez
psicológica del principio
lógico. Esa dudas se robustecen
toda vez que se discute la
exportación del sistema uruguayo,
en definitiva, toda vez que se
descontextualiza el sistema La
implantación y aplicación
del sistema al menos en las cuatro o cinco
primeras décadas parece claro: la
alternativa básica en el
país giró en torno a la
oposición colorado-blanco; las
adscripciones partidarias tuvieron (y en
una medida nada menor siguen teniendo) una
relevancia fundamental. Uruguay registra
un bajo nivel de volatilidad del
electorado, un muy lento desplazamiento
del voto, que revelan un alto peso de las
adscripciones partidistas.
Dicho en términos muy
sencillo, lo que la lógica del
doble voto simultáneo registra es
la primer pregunta que en el Uruguay,
desde los años veinte a fines de
los sesenta, se formula todo uruguayo
sobre el resultado de la elección:
"¿Quién tuvo más votos:
los colorados o los blancos?". O
preguntado de otra manera: "¿son
más los colorados o son más
los blancos?"; entonces, si son más
los colorados: "¿quién tuvo
más votos: Terra o Manini;
Martínez Trueba, Mayo
Gutiérrez o Blanco Acevedo?". El
colorario lógico del sistema
resulta obvio para cualquiera: qué
importa si Herrera fue individualmente el
más votado (en 1930 o en 1950), si
hubo más colorados. "¿A
quién se le ocurre que el
presidente sea blanco, si son
mayoría los colorados?".
Esta lógica simple explica un
sistema. Y en definitiva rebate la duda
académica: ¿cómo es
posible que si Herrera fue el candidato
más votado, resulte electo Terra (o
Martínez Trueba)?
Con el paso del tiempo, el
crecimiento del desplazamiento electoral
que supone un debilitamiento o un cambio
en las pertenencias partidarias, el
surgimiento de nuevas pertenencias
significativas aparece un relectura del
doble voto simultáneo. Su
lógica pudo ser indiscutida en su
origen, o en las décadas
siguientes, pero no hoy: en la actualidad
el votante elige candidatos y no partidos.
Este aserto, formulado por algunos actores
políticos a la hora de fundamentar
iniciativas de reforma, no aparece avalado
en estudios empíricos.
Aparece aquí pues un primer
fundamento para la eliminación del
doble voto simultáneo: el rechazar
la existencia de una lógica de
primero opción partidizada y luego
opción personalizada al interior
del partido; el sostener que la
lógica de la competencia
presidencial, y la comprensión
popular de esa lógica, es la
disputa directa y simple entre candidatos
o entre partidos-candidatos (es decir,
partidos expresados por un candidato,
candidatos que expresan en su totalidad a
un partido).
Un segundo ángulo de enfoque
apunta ya no sólo a los aspectos de
comprensión de las reglas de juego,
sino a su trasparencia: atribuye al doble
voto simultáneo efectos
distorsionantes del resultado. Y en forma
extrema, se otorga carácter
ético a este hecho, y se califica
de sistema tramposo, que estafa el
resultado.
La argumentación parte de un
supuesto: que los votantes de una
candidatura minoritaria en un partido, de
tener que sufragar directamente por el
candidato triunfador, en un porcentaje
elevado no lo harían y
preferirían cambiar de lema. En
ejemplos claros: que si en 1971 el
candidato único del Partido
Colorado hubiese sido Bordaberry, un
porcentaje significativo de votantes
colorados hubiesen votado fuera del lema;
que si en 1989 Lacalle hubiese sido el
candidato único del Partido
Nacional, gran parte de los votantes de la
fórmula Pereyra-Tourné
hubiesen votado fuera del lema; y que en
1994, si Sanguinetti hubiese sido
candidato único, hubiese perdido
buena parte de los votantes de Jorge
Batlle y de Pacheco Areco.
Como ocurre cuando hay que simular
un escenario nuevo, es difícil
predecir el comportamiento de los
electores. Sin embargo, el alto nivel de
voto partidizado, de pertenencia, y la
baja volatilidad a nivel de familias
políticas, relativiza su impacto.
Máxime en casos como el de
Sanguinetti en 1984 y 1994, cuya
hegemonía lo convirtió en un
virtual candidato único: el votante
de las opciones menores no podía
tener dudas del destino final de su voto;
lo mismo cabe en relación a la
fórmula Zumarán-Aguirre en
1984, como candidatura vicaria del
proscripto Wilson Ferreira
Aldunate.
Ahora bien, en la medida que en dos
de las últimas cuatro elecciones la
diferencia ha sido escasísima (0.8%
entre el primero y el segundo en 1971;
1.1% del primero al segundo, y 1.7% con el
tercero, en 1994), cualquier
modificación en las reglas de juego
puede alterar el resultado. Al menos no
puede afirmarse que no sea
así.
Una tercera argumentación
surge de una óptica completamente
diferente. La visualización de la
candidatura presidencial como el elemento
central convocante para el aglutinamiento
fraccional. En última instancia,
los sectores se organizan y articulan
detrás de un candidato o de una
fórmula presidencial. La
candidatura única, en tal enfoque,
permitiría una división de
roles entre el líder partidario
(líder de líderes) y los
líderes sectoriales.
La eliminación del doble voto
simultáneo plantea en principio
tres caminos:
Uno. La elección presidencial
sin lema. Es decir, los candidatos o las
fórmulas presidenciales se
inscriben, a partir del cumplimiento de
requisitos predeterminados (por ejemplo,
aval de determinado número de
legisladores, o respaldo de determinado
porcentaje de electores). La competencia
es estrictamente personalizada, sin que
ningún candidato represente ni
invoque representación partidaria.
Este esquema fue propuesto por el
herrerismo en un proyecto de reforma
constitucional en 1946, reiterado en 1958
por el herrero-ruralismo y cuatro
años más tarde por el Eje
Echegoyen-Nardone.
Dos. La competencia entre partidos,
con un solo candidato por partido.
Tres. La competencia directa entre
candidatos, los que pueden invocar
representación partidaria o
adscripción partidaria, sin que los
votos emitidos en favor de distintos
candidatos de un mismo partido se acumulen
entre sí. Esta iniciativa no fue
nunca formalmente realizada, aunque ha
aparecido en forma subyacente en las
primeras bases acordadas por los
representantes de los cuatro lemas, en
agosto de 1995. Parte de una visión
invertida del múltiple voto
simultáneo: como un sistema de voto
por candidatos individuales que luego
acumulan los sufragios entre sí;
parte pues de confundir doble voto
simultáneo con emparentamiento.
Entonces se da el paso siguiente, se
suprime el emparentamiento, es decir, la
acumulación. Ocurre que en los
países que hay emparentamiento, lo
que se acumula son los votos emitidos en
favor de distintos partidos, no de
candidatos distintos de un mismo
partido.
De los tres caminos
señalados, el primero
(elección sin lemas) y el tercero
(elección personalizada con
adscripción partidaria de los
candidatos) no presentan problemas
adicionales, salvo los efectos que
pudieren derivar sobre el sistema de
partidos, que se analiza en el punto
2.8
En el caso del segundo camino es
diferente. La existencia del doble voto
simultáneo, más la
práctica invariada de absoluta
libertad en cuanto a presentación
de candidaturas, ha evitado el problema de
quién, cuándo y cómo
define los candidatos. En principio, hoy
es candidato presidencial todo
aquél que se lo proponga, o a
quién se proponga y acepte,
inclusive con total independencia de
respaldo político o potencial
respaldo electoral. La eliminación
del doble voto simultáneo para la
elección presidencial supone
resolver necesariamente el cómo,
cuándo y quién define ese
candidato único por lema; o
más exactamente, esa lista de
candidatos a presidente y vicepresidente
de la República.
Los caminos de designación
son en definitiva tres:
Uno. Por las autoridades partidarias
regulares.
Dos. Como resultado de elecciones
primarias (elección directa entre
pre.-candidatos presidenciales)
Tres. Como consecuencia de
elecciones internas (elección de
autoridades regulares partidarias o de
congresos electores especiales, entre
listas).
2.4 - La designación por las
autoridades partidarias
El primer camino es la
designación del candidato a
través de las autoridades
partidarias regulares. Es decir, la
convención o congreso partidario,
mediante mecanismos predeterminados de
votación y de presentación
de pre-candidaturas, elige al candidato
único partidario a la Presidencia
de la República y al candidato
único partidario a la
Vicepresidencia de la República. En
la actualidad, la convención de
ambos partidos tradicionales y alrededor
de la mitad del Plenario Nacional del
Frente Amplio, se integran de acuerdo con
el resultado de las pasadas elecciones.
De persistir este esquema, el poder
partidario tendería a concentrarse
aún más, ya que un dirigente
o sector minoritario tendría
primero que luchar por el triunfo interno
en los comicios nacionales siguientes, (su
objetivo en dichas elecciones es asegurar
la mayoría o el predominio en la
convención, congreso o plenario),
para recién cinco años
después obtener la candidatura
partidaria. En otras palabras, un grupo
hoy minoritario debería luchar por
obtener en 1999 la mayoría de la
autoridad partidaria para aspirar a la
candidatura presidencial en el 2004.
El grupo tenedor del dominio
partidario impone así su
candidatura en los comicios siguientes,
con el consiguiente poder lideral que ello
supone. El grupo minoritario aparece en la
difícil situación de
simultáneamente cuestionar o
diferenciarse de la mayoría
partidaria y a su vez pedir el voto para
la figura conductora de esa misma
mayoría; salvo que aspire a la
renovación partidaria a
través de una sutil estrategia de
mimetizarse con el líder partidario
y cuestionar a los seguidores de ese
líder ("apoyamos al rey pero no a
la corte"). Como fuere, es un
significativo cambio de reglas de
juego.
2.5 - La elección mediante
comicios primarios
El segundo camino es la
elección del candidato en forma
directa mediante elecciones primarias, es
decir, entre pre-candidatos. Este tipo se
asemeja a las primarias norteamericanas o
a la realizada por el Batllismo Unido el
28 de mayo de 1989. La
característica principal de este
tipo de elecciones es que la misma se
realiza a través de una fuerte
campaña electoral en la que el
acento principal se sitúa en la
lucha intra-partidaria. Las figuras de un
mismo partido compiten públicamente
entre sí, y sólo entre
sí; cada uno tiene la necesidad de
presentar sus propuestas y sus virtudes, y
de forma más sutil o más
directa, más suave o más
contundente, desvalorizar las propuestas y
virtudes de los demás contendientes
internos.
Este mecanismo presenta como mayor
efecto positivo, la sensación para
el ciudadano de poder participar
directamente en la decisión de la
candidatura.
Los efectos negativos posibles
son:
a) Perjudica al partido que tenga la
competencia más reñida y
polarizada. En la campaña electoral
los contendientes partidarios expusieron
cuáles son las falencias del
ganador para poder ganador, cuáles
son las debilidades de su programa,
cuáles sus defectos personales y
políticos. En definitiva, el
ganador, el que pasa a ser candidato de
todo el partido, enfrenta la
campaña electoral nacional teniendo
en su contra toda la argumentación
ya esgrimida por sus contrincantes
internos, en la campaña electoral
interna previa;
b) La contienda es de tipo
knock-out: hay un ganador y uno o varios
perdedores; los simpatizantes del o de los
candidatos perdedores pueden sentir
dificultad para luego reorientar sus
preferencias por el candidato ganador. En
esto va a jugar y mucho las pertenencias
partidarias: las personas con alta
adscripción partidaria
votarán disciplinadamente, con o
sin entusiasmo. Las personas sin
adscripción partidaria, o con baja
pertenencia, podrán emigrar a otras
tiendas.
Otro tema de relevancia es
cuál es el principio de
decisión a aplicarse en las
elecciones primarias: el mayoritario
simple o el mayoritario absoluto. Y luego,
qué procedimiento de
decisión, cuál sistema
electoral mayoritario: mayoría
simple común, mayoría simple
condicional, mayoría
románica, mayoría absoluta
con invariabilidad del principio de
decisión (balotaje clásico),
principio mayoritario condicional.
Por supuesto que lo más
relevante es como se comporta el
electorado. Parafrasenado la sexta
proposición de similitud de Rae se
puede afirmar que "Los efectos de los
sistemas electorales sobre la
decisión electoral son marginales
en comparación con los efectos de
los resultados electorales". Y el
resultado más conveniente para un
partido es que el triunfador se imponga
por una abultada ventaja; advertimos que
se dice por una abultada ventaja y no por
un abultado porcentaje. Lo más
importante es que el resultado fuese
categórico y no reñido. Por
supuesto que si la diferencia es
significativa y el porcentaje
también, el resultado para el
partido es óptimo. Tan importante
es que el triunfador obtenga el 60% y el
segundo el 30%, como que el ganador logre
el 45% y quien le siga registre un
20%.
En cambio, nada favorables para un
partido son estas situaciones:
a) que el ganador, aunque obtenga
mayoría absoluta, lo haga en un
marco polarizado; por ejemplo, un
resultado 52%-48%;
b) que el pre-candidato más
votado tuviese un muy bajo porcentaje de
votos, aún cuando la diferencia
sobre sus rivales fuese clara (por
ejemplo, que lograse un tercio de los
sufragios).
En una elección nacional
ninguno de estos resultados importa
demasiado, salvo en cuanto al grado de
tolerancia que pueda encontrar el
presidente, o los acuerdos que tenga que
articular para el ogro de mayorías
parlamentarias. Pero es el
presidente.
En una primaria, el pre-candidato
triunfador no ha obtenido nada más
que el derecho a competir en la
elección nacional. Y su primer
requisito posterior es lograr el apoyo de
todos los seguidores de su partido que
sufragaron por los candidatos contrarios.
Tanto la alta polarización como el
bajo respaldo del triunfador son dos
puntos de partida incómodos para la
competencia presidencial
definitiva.
Pero, además, puede
implantarse un sistema que pueda derivar
en una segunda vuelta ¿Qué
pasa con ese partido de cara a la
opinión pública? ¿No
desgasta su imagen? ¿No exhibe una
sobre exposición de sus figuras?
¿No prolonga en demasía el
debate interno? Por contrapartida: el
proceso de selección por etapas, en
que los knock-outs son más
relativos ¿no permite con mayor
facilidad la recomposición
partidaria? Son muchas preguntas abiertas,
a las que es difícil contestar. No
hay evidencias, no hay sistemas
comparados.
2.6 - La designación a
consecuencia de elecciones
internas
La designación del candidato
por una autoridad partidaria, regular o
específica, elegida con escasa
anterioridad a las elecciones generales.
Ello supone la realización de
elecciones internas entre sectores, grupos
o listas. Elimina gran parte de los
efectos negativos del camino anterior, ya
que la convención o colegio elector
resulta integrado en diferente
proporción por todos los sectores.
Su efecto final dependerá de las
reglas de decisión interna para
designar al candidato: sin son por
mayoría simple, absoluta o
calificada. Pero el efecto negativo
más fuerte es el carácter
indirecto de la designación, la
posibilidad de que se genere una
sensación de desconocimiento de la
voluntad de los electores partidarios, de
componenda entre dirigentes. Si la
autoridad partidaria adopta la costumbre
invariable de designar al líder de
la fracción con mayor número
de votos, no difiere en sus efectos de una
primaria (del segundo camino); se
trataría de una elección
formalmente indirecta pero sustancialmente
directa . Si la autoridad partidaria no
elige al candidato más votado o,
más aún, si termina
designando a una figura de
transacción, la opinión
pública (tanto la partidaria como
la nacional en su conjunto) podría
sentirse engañada: un conjunto de
dirigentes manipularon los resultados para
distorsionar la voluntad popular (popular
partidaria).
El tema del principio de
decisión y del sistema a aplicar
también es fundamental. Cualquier
sistema que se aleje de la mayoría
simple, incrementa la posibilidad de
designación de una figura de
transacción, ajena a los liderazgos
fraccionales. Cualquiera de estos caminos
(más aún la mayoría
calificada) puede ser hasta beneficioso
desde el punto de vista de la competencia
presidencial, ya que permite eliminar las
rispideces y articular amplias
mayorías partidarias, vastos
consensos. Pero un sistema con estos
resultados requiere que la confiabilidad
de la opinión pública hacia
la institución partidos
políticos, hacia las elites
políticas, tenga niveles muy
diferentes y superiores a los actuales.
2.7 - Las bases de soberanía.
El quién, cuándo y
cómo vota.
Pero los dos últimos caminos,
las primarias y las elecciones internas,
plantean tres ejes de problemas a
resolver: quiénes participan
(afiliados, electores previamente
registrados, todos los ciudadanos), el
cuándo (un año antes, seis
meses, tres meses) y si son o no
simultáneas para todos los
partidos.
El primer punto, el quiénes
participan, atiende a definir las bases de
la soberanía partidaria. La base de
la soberanía partidaria recoge tres
modelos:
Uno. Cuerpo Electoral (en caso de
elecciones comunes para todos los lemas).
Todos las personas habilitadas para votar
componen la base de soberanía
común de todos los lemas. La base
de cómputo partidario son todos los
votos emitidos por ese lema. No existe la
posibilidad de realizar un padrón,
aún a posteriori, dado que el voto
se emite en forma simultánea para
todos los partidos, y no es detectable que
elector sufragó dentro de cada
lema. (El mecanismo electoral en este caso
supone la existencia de mesas comunes para
todos los partidos, con padrón y
lista ordinal de votantes únicas, y
voto secreto que asegura no sólo la
imposibilidad de identificar por
qué lista o candidato se
sufragó, sino también se
mantiene la reserva en cuanto a dentro de
qué lema votó, es decir, en
qué elección
participó).
Dos. Cuerpo electoral a
padrón abierto (en caso de
elecciones singularizadas,
simultáneas o no). Todas las
personas habilitadas para votar tienen
derecho a componer la base de
soberanía partidaria, y la integran
efectivamente por el sólo hecho de
concurrir a las urnas de los circuitos del
lema correspondiente (El mecanismo supone
que cada lema o partido organiza sus
propias mesas receptoras de votos. La
adhesión o empadronamiento
partidario se da por el sólo hecho
de concurrir a dicho circuito).
Tres. Afiliación
simultánea. Idem al anterior, con
la diferencia que la adhesión
partidaria se manifiesta en forma expresa,
mediante la firma de alguna
declaración, en forma
simultánea (o más bien
inmediatamente antes) de emitir el voto.
Es el caso del Partido Colorado Batllismo,
históricamente, y formalmente del
lema Partido Colorado en la Carta
Orgánica de 1982 (aunque no se ha
aplicado, tras la reforma de 1988). El
derecho a votar se adquiere por la
pertenencia al Cuerpo Electoral y la
filiación partidaria surge de la
manifestación expresa previo a la
votación.
Cuatro. Afiliados. Con variaciones
significativas en cuanto a la calidad de
afiliado, el proceso de afiliación
y los derechos y obligaciones del mismo,
es el sistema empleado en los otros cinco
casos analizados.
Si las elecciones son
simultáneas y comunes, aparecen
todas las garantías propias del
acto eleccionario, y en particular: a) se
impide que alguien sufrague en dos
partidos; b) se reduce la posibilidad del
voto extrapartidario, es decir, del
ciudadano que teniendo una pertenencia por
un partido determinado, sufraga en las
elecciones internas o primarias dentro de
otro, para influir en la realidad interna
del mismo
Si las elecciones son
simultáneas pero no comunes, existe
la posibilidad que un ciudadano vote
dentro de más de un partido, salvo
que se arbitrasen procedimientos (como
sellar la credencial cívica) que
obstaculizasen la posibilidad. Este
mecanismo parece muy engorroso
organizativamente, caro y poco
práctico. Presenta la ventaja de
que cada partido puede establecer de
distinto modo las bases de
soberanía; por ejemplo: unos
rebajando la edad para votar, otros
extendiendo el derecho de voto a los
extranjeros no inscriptos en el Registro
Cívico Nacional.
Si las elecciones son singulares, en
diferente tiempo y de distinto modo,
permite a cada partido realizarlas de
acuerdo con sus propias concepciones
organizacionales; establecer las bases de
soberanía según su leal
saber y entender. Presenta como
inconveniente más significativo la
posibilidad de que surja la duda sobre la
legitimidad del resultado: cierto o no que
haya votantes extrapartidarios, la
sospecha es de recibo.
La simultaneidad de las elecciones
genera otro efecto: la competencia se
produce en un doble plano: por un lado se
realizan tres o cuatro elecciones
internas, que son las que verdaderamente
producen efecto jurídico, para
elegir el candidato, convención,
plenario o congreso elector; y por otro,
mediante el cómputo general de
todos los votos, se produce una
competencia interpartidaria que, sin
efecto jurídico, adquiere sí
un profundo efecto político. Se
trata de un ensayo general de la
elección, la anticipación de
los comicios nacionales, o si se quiere,
una gran encuesta sin margen de error
estadístico. Este resultado genera
dos efectos:
a) uno inmediato, el impacto
político sobre la gestión de
gobierno, sobre la relación
gobierno-oposición;
b) el reacomodamiento de los actores
a la vista del resultado
electoral.
En principio los efectos deben ser
los que generan las encuestas, con un
grado mayor de confiabilidad real (es
decir, no hay errores de muestra, ni de
cuestionario, ni de encuestador, ni de
proceso) y aparente (en última
instancia, más allá de la
alta confiabilidad demostrada por las
principales encuestas, siempre es posible
dudar de ellas). Del resultado del
escrutinio no hay dudas posibles. A lo que
debe sumarse ese efecto sagrado que la
sociedad uruguaya otorga al veredicto de
las urnas, y que tuvo su máxima
expresión en la realización
de un plebiscito trasparente y
legítimo durante el gobierno
militar, cuyo resultado adverso fue
respetado sin ningún tipo de
dubitaciones.
El otro tema de la
celebración de elecciones internas
o primarias, es cuándo se realizan.
Veamos tres variantes y sus
efectos:
a) Doce meses antes de las
elecciones nacionales (noviembre del
año anterior), fecha
tradicionalmente señalada por el
batllismo. Separa con nitidez el acto
electoral interno del nacional, y en
principio puede atemperar los efectos del
primero sobre el segundo. Inclusive,
verano de por medio, puede introducir una
pausa-separación entre uno y otro.
El riesgo es que ocurra exactamente lo
contrario, que la campaña electoral
hacia las elecciones internas se empalme
con la campaña electoral nacional,
y el país se encuentre con
prolongadísimos periodos
electorales de quince a dieciocho
meses.
b)Seis meses antes de las elecciones
nacionales(mayo del mismo año).
Impide toda posibilidad de pausa o
separación; transforma
inexorablemente el año de las
elecciones en un prolongado año
electoral, de al
menos nueve meses. Pero son nueve y
no quince o dieciocho.
c)Tres meses antes de las elecciones
nacionales(agosto del mismo año).
En primer término es demasiado
cerca de las elecciones nacionales como
que fueren elecciones internas de
convención, plenario o congreso
elector; no habría tiempo
suficiente para que esos órganos a
su vez procesasen con serenidad la
designación de candidato. Por
tanto, queda reducido sólo a
elecciones primarias. Y para ellas
sí parece ser el mejor timing en
cuanto a acortamiento de la campaña
electoral, la que en efecto podría
tener una duración máxima de
seis a siete meses. Genera como riesgo las
dificultades de reacomodamiento de los
partidos con elecciones primarias o
resultados de las primarias dificultosas,
como alta polarización o excesiva
dispersión. Además, el
impacto del resultado interpartidario de
la competencia se
amplificaría.
2.8 -La elección sin lema o
personalizada con adscripción
partidaria.
Los efectos de una elección
presidencial si lema depende esencialmente
del comportamiento de los actores
políticos y de los electores. La
gama de posibilidades es muy extensa, pero
se presentan tres situaciones
paradigmáticas:
Primera Candidatura única por
partido, formalmente sin lema. Cada
partido un candidato único. Aunque
la hoja de votación no lleve lema,
la campaña electoral se realice en
forma partidizada, los candidatos exhiben
y proclaman con fuerza su
adscripción partidaria. Casi no hay
diferencias con las elecciones con lema y
candidato único.
Segunda. Candidaturas
múltiples de un mismo partido,
formalmente sin lema, y por tanto sin
acumulación. Los candidatos en
general corresponden a fracciones o
sectores partidarios, aunque alguno pueda
ser de todo un partido. Aunque la hoja
tampoco lleve lema, la campaña
electoral se realiza con clara
identificación de cada candidato
con un agente político (partido o
fracción). Tampoco aparecen
diferencias de entidad con las elecciones
personalizadas con adscripción
partidaria (ver infra).
Tercera. Candidaturas sin
adscripción partidaria. El origen
de los candidatos puede ser de fuerte,
baja o nula adscripción partidaria;
inclusive, de tratarse de fórmulas
(candidatura conjunta a presidente y
vice), de existir adscripciones no
necesariamente deban corresponder al mismo
partido. Pero la característica
fuerte es que independientemente del
origen, la fórmula es presentada
desligada de todo partido político,
comprensiva de un gran arco de ideas o
intereses, o aún como
omnicomprensiva del país en
conjunto. Este modelo, de ser adoptado por
todos los candidatos principales, o
potenciar a los candidatos que lo adopten,
puede llevar a una fuerte
afectación de la adscripción
partidaria de los ciudadanos. Y como
efecto de largo plazo, llevar a la
desestructuración del actual
sistema de partidos ¿Hacia
dónde? O hacia un nuevo sistema de
partidos estable, o hacia sistemas
cambiantes, poco estructurados. Se repite
una aclaración inicial: si ello es
bueno o es malo dependerá de la
valoración que cada uno realice del
actual sistema de partidos, y hasta de la
conveniencia o inconveniencia de tener un
sistema estable, modificable a
través de largos ciclos.
La otra opción a analizar es
la elección personalizada con
adscripción partidaria. O dicho de
otra forma, las candidaturas con lema, sin
que se acumulen entre sí los votos
emitidos por candidatos del mismo lema.
Esta posibilidad supone una incongruencia
lógica, no compatible con el
concepto profundo del múltiple voto
simultáneo. Máxime si el
voto se mantiene conjunto con la
elección parlamentaria, donde opere
el múltiple voto simultáneo
con todo su rigor lógico, es decir,
el voto por un lema, en segundo
término por un sublema y en tercer
término por una lista de
candidatos.
La elección de este tipo
supone de hecho una elección sin
lema, en que lo que se denomina lema
tendría un efecto exclusivamente
emblemático, pero no
técnico-electoral. Este tipo de
elección, pues, no difiere de la
segunda posibilidad de las elecciones sin
lema: las candidaturas múltiples de
un mismo partido, formalmente sin lema, y
por tanto sin acumulación.

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