Radiocero y Radio Monte Carlo
Desde 1870 a la fecha [...] no ha pasado nunca más de unos pocos años sin que se debatiese algún tipo de modificación de la Constitución. [...] El Congreso del Frente Amplio tomó una trascendente resolución en diciembre de 2008: convocar a una Convención Nacional Constituyente para realizar reformas de fondo a la Constitución [..] Todo este camino de la Constituyente supone generar dos actos electorales de medio periodo [...] La Ley tendría que aprobarse el año que viene, no más allá del invierno, para que haya elecciones no más allá de fines del año que viene. Así daría el tiempo para llegar a un plebiscito hacia fines de 2013
OAB: Desde que comienza a asentarse la construcción de un Estado realmente independiente y con procesos políticos separados de los vecinos, la reforma constitucional es un elemento permanente del debate nacional. Se puede decir que desde 1870 a la fecha, en estos más de 140 años, no ha pasado nunca más de unos pocos años sin que se debatiese algún tipo de modificación de la Constitución, más chica o más grande, sobre aspectos puntuales o sobre cambios sustanciales, sobre la parte de organización política o sobre aspectos ligados con derechos y garantías. Ahora no es la excepción
JM: Ese ahora qué quiere decir ¿cuándo comenzó a hablarse de una nueva reforma constitucional?
OAB: Primero comenzó a hablarse a poco de terminado el ciclo electoral, a poco de pasadas las elecciones departamentales y locales. Por junio del año pasado el Senado designó una comisión especial para estudiar la reforma de la Constitución, especialmente en el plano electoral. Unos meses después, el Partido Colorado inició una campaña de recolección de firmas, que aún continúa y cuenta ahora con la participación de Unidad Nacional del Partido Nacional, para incluir en la Constitución una disminución de la edad de imputabilidad de los menores y otras modificaciones relacionadas con la seguridad pública.
JM: Por lo que se ve son reformas de muy diferente tipo.
OAB: Efectivamente, en un caso, en la recolección de firmas, estamos en lo que podemos llamar reformas temáticas y puntuales. En esta categoría podemos incluir las reformas habidas sobre ajuste automático de las jubilaciones, limitación de incluir temas jubilatorios en las leyes presupuestales o la nacionalización del agua. También podemos incluir otros intentos fallidos, como un porcentaje fijo del presupuesto y de la riqueza nacional para la educación, la anulación de la Ley de Caducidad, la independencia presupuestal del Poder Judicial, el voto por correo desde el exterior.
JM: ¿Y el otro tipo cuál es?
OAB: Es lo que podemos llamar las reformas constitucionales más clásicas, o las que atienden a la parte orgánica de la Constitución, es decir, a la organización del Estado, a lo que también se llama el sistema político. Para esto se creó la comisión en el Senado, que prácticamente no ha funcionado. Pero aunque la comisión no funcionase, del tema se habla.
JM: ¿Y qué es lo que se habla?
OAB: Se habla de dos cosas: de hacer algunos ajustes a los mecanismos existentes, a la luz de problemas que se han evidenciado en los últimos tiempos; o, lo otro, es que se habla de modificaciones fuertes a la organización del gobierno y al sistema electoral.
Como ajustes acotados en principio se habla de tres temas:
Uno es evitar el balotaje en casos como el de las pasadas elecciones, en que el partido más votado ya obtuvo la mayoría absoluta parlamentaria.
Un segundo ajuste apunta a reducir el larguísimo ciclo electoral, que desde las llamadas “elecciones internas” hasta las departamentales lleva once meses y medio, a lo que hay que agregar antes de esas llamadas “elecciones internas” una larga campaña electoral.
Y un tercer ajuste refiere a la posibilidad de eliminar algunas elecciones como pueden ser las llamadas “elecciones internas” o la separación de las elecciones departamentales.
JM: ¿Y cuáles serían las modificaciones fuertes, el otro tipo de reformas posibles?
OAB: Acá la lista es realmente muy larga y da para todo un análisis por separado.
JM: ¿Y qué más queda?
OAB: Queda el plato fuerte. El Congreso del Frente Amplio tomó una trascendente resolución en diciembre de 2008: convocar a una Convención Nacional Constituyente para realizar reformas de fondo a la Constitución, reformas que tengan que ver con cosas más allá de la organización del sistema político, de cosas más relacionadas con un tipo de sociedad diferente. Se habla de reforma de fondo a la Constitución.
Pero lo importante en un primer momento es la convocatoria a una Constituyente.
JM: ¿Qué es esto de convocar a una Convención Nacional Constituyente?
OAB: Este es un mecanismo bastante excepcional en la vida del país, pero nada novedoso. La convocatoria a una convención nacional exclusivamente constituyente se aplicó en el país en dos oportunidades, que dieron origen a las cartas magnas de 1918 y 1934. También hubo una anterior, con el nombre de Asamblea General Constituyente y Legislativa, que entre 1828 y 1830 organizó el naciente estado independiente y tuvo además competencias legislativas.
La Convención Nacional Constituyente, en la forma actualmente prevista por la Constitución, es un cuerpo de 260 miembros, es decir, del doble del total de senadores y diputados. Son elegidos en una elección del mismo tipo que la elección que conocemos de diputado. Es decir, se vota por lema, es decir por partido, y dentro de cada lema se vota por listas de candidatos de alcance departamental. Las 260 bancas se distribuyen entre los partidos en forma estrictamente proporcional al número de votos que cada uno obtuvo en todo el país.
JM: ¿Y cómo se convoca a estas elecciones?
OAB: Para decirlo de manera simple: por mayoría del Parlamento se vota una ley que convoca a estas elecciones para dentro de los 90 días siguientes a la aprobación de esa ley.
JM: ¿Y cómo sigue el proceso?
OAB: La Convención trabaja como cualquier Parlamento: estudia los proyectos, los analiza en comisión, los debate en el plenario y finalmente decide. Puede aprobar un único proyecto o varios. Y los somete a plebiscito. La Convención tiene un plazo máximo de un año, pero también puede concluir su labor en pocos meses.
Luego, esto termina, como toda reforma constitucional en Uruguay, en un plebiscito.
JM: ¿Y cuándo se convocaría estas elecciones?
OAB: Aparentemente la bancada del Frente Amplio ya está mandatada por el Congreso de hacer esta convocatoria. Si se cumple con eso, la Ley tendría que aprobarse el año que viene, no más allá del invierno, para que haya elecciones no más allá de fines del año que viene. Así daría el tiempo para llegar a un plebiscito hacia fines de 2013.
JM: ¿Qué efectos políticos puede tener esto?
OAB: Todo este camino de la Constituyente supone generar dos actos electorales de medio periodo. Uno de esos actos electorales es la elección de la Constituyente, por la mitad del término de gobierno, que inexorablemente se transformará en una votación de los uruguayos en relación a los partidos y al gobierno; la historia y la práctica de países similares enseña que cuando se hacen elecciones a mitad del periodo de gobierno, sea una constituyente, sean elecciones departamentales, provinciales o locales, terminan transformándose en votaciones nacionales, en juicios a favor y en contra del gobierno. Acaba de ocurrir este año tanto en España como en Italia con elecciones provinciales y locales, que en estos casos supusieron la derrota de los respectivos gobiernos. Lo interesante en ambos casos es que fue un voto estrictamente opositor y no un voto de derecha o de izquierda, porque en España ganó la oposición de derecha al gobierno de izquierda, y en Italia ganó la oposición de izquierda al gobierno de derecha.
Si en esas elecciones uruguayas de constituyentes el Frente Amplio no logra la mayoría absoluta de las bancas recibe una derrota electoral y debilita su presentación electoral hacia 2014; a la inversa, si obtiene esa mayoría absoluta, se repotencia hacia las siguientes elecciones nacionales.
JM: Mencionaste dos elecciones
OAB: Exacto, porque superado ese primer obstáculo que son las elecciones constituyentes, viene un segundo desafío: el plebiscito constitucional. Donde otra vez es posible que se vote esencialmente a favor o en contra del gobierno. El oficialismo debe lograr en el plebiscito que los votos por SI superen a los votos por NO. Otra vez lo mismo: si triunfa en el plebiscito, se potencia para el 2014, si pierde, se debilita.
Es decir, tenemos la posibilidad de una gran discusión sobre reforma constitucional y de elecciones de constituyente el año que viene. Todo depende de que la bancada del Frente Amplio cumpla o no con la resolución del Congreso frenteamplista de diciembre de 2008