08 Set. 2013

Entre la democracia y el derecho

Oscar A. Bottinelli

El Observador

Un tema central en el debate político es la tensión entre democracia y derecho, o más exactamente entre poliarquía y aplicación del derecho a través de los órganos jurisdiccionales. [...] Esta es la tensión que vive Italia hoy, como producto del colapso del sistema político ocurrido hace dos décadas. [...] Sin duda cualquier solución implica una definición que es sustancialmente valorativa, entre el privilegiar la representación ciudadana [...] o privilegiar la estructura jurídica.

Un tema central en el debate político es la tensión entre democracia y derecho, o más exactamente entre poliarquía1 y aplicación del derecho a través de los órganos jurisdiccionales. O más aún, la tensión entre la condición primera y básica de la democracia y la poliarquía como lo es la más perfecta representación ciudadana por un lado y la aplicación ordinaria del derecho positivo por otro. La representación ciudadana, o del demos, o del pueblo, es la condición primera para una poliarquía o para una democracia liberal, pero sin duda no es la única. No hay poliarquía sin representación y no la hay solo con representación. Y la representación debe tener además margenes mínimos de desviación respecto al universo constituido por el conjunto de ciudadanos, o más precisamente por el conjunto de los electores, por el Cuerpo Electoral.

Esta es la tensión que vive Italia hoy, como producto del colapso del sistema político ocurrido hace dos décadas y que no solo no ha logrado ser superado, sino que se ha agravado. Este dilema es un tema clave para todo país democrático y en particular para las flawed democracies o democracias defectuosas o incompletas2. Si bien Uruguay aparece lejos de este dilema y lejos de grandes debilidades en la materia, vale la pena tener presente el tema, advertirlo y adelantarse por si llega (ha llegado en forma menor, en el caso de algunos pedidos de desafuero parlamentario y no ha sido debatido con la profundidad que se debe; al menos se ha privilegiado ultimamente la aplicación del derecho sobre el respeto a la representación ciudadana). Está lejos por la posición privilegiada del país en la materia: es una de las 25 full democracies, pero además una de las cuatro que logra el puntaje óptimo en dos variables sustanciales: pluralismo y calidad de los procesos electorales por un lado, libertades civiles por otro (los otro tres países de puntaje perfecto son Noruega, Nueva Zelanda y Australia).

¿Qué pasa en Italia? En las dos últimas décadas el país ha vivido en el berlusconicentrismo. Entre un tercio y la mitad del país viene apoyando al magnate Silvio Berlusconi, y la oposición tradicional (centro izquierda) ha encontrado como una única razón de aglutinamiento el antiberlusconismo, lo que la ha llevado a sucesivos fracasos electorales (2001, 2008, 2013), y cuando tuvo éxito (2006), a un gran fracaso en la conservación del gobierno por sus tensiones internas. En las últimas elecciones surgió un cuadro político extremadamente complejo: un 30% votó al centro izquierda, otro tanto a Berlusconi (un 0,4% menos), un 25% a un movimiento protestatario encarado por el actor satírico Beppe Grillo, un 10% por un agrupamiento católico-tecnocrático de centro y un 5% por formaciones residuales. En este juego esencialmente de triadas, solo fue posible componer un gobierno de emergencia con agenda limitada y soporte parlamentario de la alianza contranatura de los berlusconianos y sus acérrimos enemigos (esto no sería nada extraño ni patológico en un país de permanente búsqueda consensualista como Uruguay, pero es anómalo en la Italia que emerge del colapso de tangentopoli)

Todo esto no sería grave, si no existiese el aditamento que el hombre clave ha sido a lo largo de estas dos décadas sistemáticamente perseguido por el sistema judicial y en las últimas semanas condenado penalmente en sentencia definitiva. A los efectos de este análisis no importa si ha sido bien o mal condenado, si juridicamente su conducta ha sido realmente punible o inclusive si es éticamente inaceptable dentro de determinados parámetros. Lo que importa es que Italia se enfrenta al dilema de preservar la democracia o preservar el estado de derecho liberal. Si preserva el estado de derecho, afecta sustancialmente la representación de circa un tercio de la ciudadanía, lo que lisa y llanamente supone una muy fuerte degradación de la democracia. Si preserva la representación de un tercio del pueblo, elemento esencial para aspirar a ser minimamente una democracia, debe desoír el mandato judicial.

Sin duda cualquier solución implica una definición que es sustancialmente valorativa, entre el privilegiar la representación ciudadana, que es privilegiar la base insustituible de una democracia, o privilegiar la estructura jurídica, uno de cuyos pilares fundamentales es la normativa jurídica y el funcionamiento jurisdiccional. Aunque en forma discursiva se hable que democracia y estado de derecho son sinónimos, la realidad plantea situaciones en que no solo son sinónimos sino que pueden devenir en opuestos. Es cierto que el propio estado de derecho tiene escapatorias que permitan compatibilizar ambas situaciones; para ello existen institutos como la gracia o el rechazo a una desinvestidura. Como en el régimen uruguayo el parlamento ha estado en condiciones (y muchas veces lo ha hecho) de rechazar pedidos de desafuero. Pero lo que hay que tener presente es que son institutos de derecho excepcionales, que suponen el desvío de y la oposición al concepto de justicia, entendido como la finalidad y lo emergente de la construcción jurídica. Y esa excepcionalidad es valorativa, axiológica, en el fondo política. Pero así como toda vez que se apela a la gracia o la amnistía se apela a desviarse de la lógica punitiva, en casos como el descrito, toda vez que se aferra a la aplicación estricta de la lógica jurídica ortodoxa puede llegarse fácilmente a afectar las bases mismas de la democracia.


1 En la definición del politólogo norteamericano Roberto Dahl. Puede considerarse equivalente a una expresión mucho más ambigua como democracia liberal

2 Según la clasificación del Democracy Index elaborado por The Economist Intelligence Union a esta categoría pertenecen 54 de los 167 países estudiados, comprendida Italia. Por encima están las 25 Full democracies, donde está Uruguay.