05 Abr. 2015

La irrupción de las “alcaldías”

Oscar A. Bottinelli

El Observador

Un elemento que distingue las elecciones departamentales de este 2015 es la irrupción como fenómeno político-electoral de las mal denominadas “alcaldías”, es decir, con mayor precisión, de los Concejos Municipales presididas por uno de sus integrantes cuyo cargo lleva la denominación de “alcalde”. Existe el alcalde pero no existen las alcaldías.

Un elemento que distingue las elecciones departamentales de este 2015 es la irrupción como fenómeno político-electoral de las mal denominadas “alcaldías”, es decir, con mayor precisión, de los Concejos Municipales presididas por uno de sus integrantes cuyo cargo lleva la denominación de “alcalde”. Existe el alcalde pero no existen las alcaldías. En la primera elección con este sistema derivado de la Ley de Descentralización, ni los actores políticos ni la ciudadanía dieron trascendencia a esta nueva figura. Más bien se pensó en un órgano similar a las juntas locales, pero electivos. Además, la electividad de las juntas locales fue un fenómeno restringido a tres localidades, que por orden de aparición son: Río Branco en Cerro Largo, San Carlos en Maldonado y Bella Unión en Artigas. Pero esas juntas locales electivas eran además autónomas, dato no menor, pues la autonomía les daba el manejo del 70% de las rentas municipales recaudadas en su jurisdicción.

Los Concejos Municipales, en cambio, no cuentan con autonomía financiera y sus rentas son las que a ellos destine el presupuesto departamental, elaborado por el respectivo intendente departamental y aprobado por la correspondiente junta departamental. Desde este punto de vista, no difieren de las juntas locales clásicas. Sin embargo, la electividad le otorgó a estos órganos una legitimidad ciudadana de la que carecían las juntas locales, designadas por el intendente. Ello se refleja en la importancia que a esta elección se da hoy, especialmente en el interior del país, pero no solo en el interior; importancia que no hubo cuando el estreno en 2010.

En Uruguay se ha ido produciendo una presidencialización psicológica de la visión sobre el sistema política, que se inicia con la reforma constitucional de 1966 y se acentúa con la reforma electoral constitucional de 1996. La idea dominante es que en Uruguay se eligen tres cargos: un presidente de la República, un intendente departamental y un alcalde local. En realidad los sistemas de gobierno son diferentes en los tres niveles. En el nivel nacional es un sistema semipresidencial o semiparlamentario, donde el peso del presidente de la República depende mucho de la configuración del Parlamento y de la forma de funcionamiento del partido de gobierno; para ser un sistema semipresidencial, los poderes del presidente son muy fuertes, aunque sensiblemente más débiles que cualquier sistema presidencial puro.

En el nivel departamental, el sistema es un presidencialismo extremo, donde el intendente departamental -en su ámbito- cuenta con atribuciones propias de un presidente extraordinariamente fuerte. En el nivel local, el sistema es de un órgano colegiado, en que el presidente -con el título de alcalde- realiza las funciones ejecutivas de aplicar lo resuelto por el Concejo Municipal; por tanto, es un régimen colegiado. No es muy diferente el poder del alcalde al del presidente de un ente autónomo, en cuanto a la relación entre el presidente y el cuerpo colegiado que preside.

Esa presidencialización psicológica magnifica el peso político y el poder del alcalde. Pasa algo parecido aunque con algo más de fundamento en el caso del presidente de la República, en que se magnifica su poder y su peso.

Donde la presidencialización corresponde sin duda alguna, donde no se magnifica nada, es en relación a los intendentes, verdaderos señores feudales de los gobiernos departamentales. Este fenómeno -presidencialización psicológica- ha llevado a que haya en la actualidad dos planos de campaña electoral: la de alcance departamental centrada en la disputa por la titularidad de la Intendencia, y la de alcance local centrada en la disputa por la presidencia del Concejo Municipal, que en forma sintética se ha popularizado como la disputa por el cargo de alcalde o la disputa por la alcaldía.

Tanta es la importancia que ha adquirido la elección de alcaldes, que tanto actores como analistas políticos advierten de distintas modelos de correlación entre una elección y la otra. Estos modelos pueden sintetizarse o clasificarse en cuatro:

Uno, que a priori se descontaba como el único o más obvio, es donde la figura del candidato a intendente es el primer elemento de definición electoral, de primer punto de decisión por parte del elector, y esa decisión por el candidato a intendente genera el efecto arrastre del voto por el candidato a alcalde a él ligado.

Dos, fenómeno nuevo, en que la atracción por la competencia local supera la importancia de la competencia departamental, y el candidato a alcalde es el primer punto de decisión por parte del elector, decisión que genera el efecto arrastre del voto por el candidato a intendente a él ligado (es decir, el fenómeno inverso del primer modelo).

Tres, equilibrio entre la atracción por el candidato a intendente y el candidato a alcalde, e interacción de ambos elementos para la elaboración de la decisión de voto

Cuatro, independencia entre ambas selecciones, dentro de la limitación impuesta por el régimen electoral aplicado, que obliga a que el voto a gobierno departamental y el voto a administración local estén vinculados por el mismo lema. Es decir, el votante debe votar necesariamente por el mismo lema, en una hoja de votación para intendente y junta departamental, y en otra hoja de votación para concejo municipal (cabe la posibilidad de que vote solo hoja para gobierno departamental y en blanco para concejo municipal, o a la inversa voto solo hoja para concejo municipal y en blanco para gobierno departamental).

En la conducta de los actores políticos en la campaña electoral se observa a algunos sectores que otorgan una elevada dimensión a la elección de alcaldes y otros sectores que le otorgan una importancia menor o casi inexistente. Más aún, hay dirigencias que no han percibido el formidable cambio que ha significado esta nueva institución, y piensan que es el mismo perro de antes con diferente collar, que no hay distinción con las fenecidas juntas locales. Por ahora es prematuro saber cuál de estos modelos predominará, si todos jugarán en la captación del voto, si algunos más u otros menos, o si algunos no incidirán en absoluto.