19 Ago. 2001

Los pases en comisión

Oscar A. Bottinelli

El Observador

La polémica desatada y el aluvión informativo sobre los pases en comisión ha sido lo suficientemente confuso como para generar algunas ideas bastante simplistas. Algo así como que los pases en comisión son decenas de miles, todos de personas que pasan al servicio de dirigentes políticos, ninguno de los cuales trabaja y que los políticos no conocen la cara de ninguno.

La polémica desatada y el aluvión informativo sobre los pases en comisión ha sido lo suficientemente confuso como para generar algunas ideas bastante simplistas. Algo así como que los pases en comisión son decenas de miles, todos de personas que pasan al servicio de dirigentes políticos, ninguno de los cuales trabaja y que los políticos no conocen la cara de ninguno. La otra idea que parece estar en algunos ambientes es que el principal problema del país son los pases en comisión.

Conviene pues desbrozar un poco el tema. Antes que nada definir un poco a este: pase en comisión es un acto por el cual un funcionario dependiente de una oficina determinada pasa a desempeñar funciones en otra oficina, por un tiempo también determinado; dicho de otra manera, es un préstamo de recursos humanos de un servicio a otro. A los efectos de este análisis conviene clasificar los pases en dos categorías: cuando el pase es de una oficina a otra o cuando es de un servicio determinado al despacho de un político, sea legislador, ministro, director de ente autónomo u ocupante de un cargo de particular confianza.

Todo pase en comisión genera un problema financiero. En la medida que el que sigue pagando las retribuciones personales es la oficina de origen, en cuya planilla reviste el funcionario, el pase en comisión se transforma en un subsidio de una oficina a otra. La aplicación del pase en comisión sin vinculación con funciones políticas, la primera tipología, permite entre otras cosas el funcionamiento de servicios con magros recursos presupuestales, que incrementan precisamente por esta especie de subsidio, lo que viene a ser una donación en especie que reciben de otro servicio público (muchas veces también hay servicios públicos que reciben otras donaciones en especie, como locales para funcionar, préstamo de vehículos o prestación gratuita de servicios; una institución que tradicionalmente ha sido donadora en especie es el Correo). Este tipo de pases en comisión se fundamenta en general por dos razones: porque una oficina carece de personal suficiente y lo busca en otras que tienen excedente, o porque algún funcionario en particular posee una capacitación poco acorde a la oficina a la que pertenece y muy necesaria en otra (por ejemplo, el caso de un abogado que revista en Mesa de Entrada o un médico en Archivo; generalmente son funcionarios que ingresaron como administrativos y al cabo de los años obtuvieron un título universitario). Este es un tema, el mayor de todos los relacionados con los pases en comisión. Es pues un asunto de orden administrativo y de claridad contable.

El otro caso es cuando el pase se realiza al despacho de un funcionario político. Dentro de estos hay tres situaciones: Una, cuando el funcionario es por ejemplo un ministro o presidente de un ente autónomo, con muy fuertes funciones ejecutivas, donde, como cualquiera en un cargo similar, requiere de una importante estructura de apoyo administrativo y de asesoramiento. Dos, cuando el funcionario ocupa un cargo inequívocamente político sin actividad ejecutiva, como un legislador. Tres, cuando está· a mitad de camino, como los directores de entes autónomos. La primera situación y buena parte de esta última entrarían en la tipología de subsidios cruzados entre servicios públicos. Lo que corresponde analizar por separado es la última, es decir, el pase en comisión como apoyatura para el cumplimiento de funciones políticas.

En cuanto al caso en discusión, es bien claro que si el instituto del pase en comisión fue usado a favor de un real o presunto delincuente, es un asunto completamente ajeno al tema. Más o menos como discutir si debe existir el Poder Judicial porque un juez fue procesado por delitos, como ha ocurrido alguna que otra vez. Si el funcionario en comisión se dedicaba a cobrar el sueldo sin trabajar, en principio también es un tema puntual, al igual que el de los tantos funcionarios de tantas reparticiones que no van a trabajar, o van pero no cumplen todo el horario, o van, cumplen el horario pero no hacen nada. Lo que importa es si los pases en comisión a funcionarios políticos supone como norma, como forma dominante, que estas personas no trabajen o lo hagan poco. La percepción de este analista es que hay casos de personas en comisión que no van a trabajar a ningún lado, y que estos casos se cuentan con los dedos. Y que la mayoría de los que están en comisión trabajan promedialmente muchas horas y con mayor intensidad que los que les correspondería en la oficina de origen, la más de las veces sin compensaciones extraordinarias. Si se hace el promedio de horas trabajadas por los funcionarios en comisión junto a funcionarios políticos, el resultado que se trabajan más horas de las requeridas.

El tema fundamental es otro, y ahí debe centrarse la discusión. Las personas en comisión en los despachos de los legisladores y de los directores de entes autónomos cumplen dos funciones: una de apoyo técnico o funcional, otra de apoyo político. Lo que en verdad desde fuera del sistema político muchos critican es que una parte de esos funcionarios desempeñen sus funciones fuera del Palacio Legislativo y a veces fuera de Montevideo; y lo otro que critican es que desempeñándose dentro o fuera del Palacio, las tareas que cumplen se consideren políticas: atender gente, realizar trámite, responder a demandas. Como dicen muchos críticos, "hacer proselitismo".

En realidad lo que se critica es no lo que hacen los funcionarios en comisión, sino lo que hacen los funcionarios políticos que tienen funcionarios en comisión, es decir, los legisladores y directores de entes autónomos. Si se considera que lo que hace el parlamentario está· dentro de sus funciones, es natural que tenga el soporte funcional para realizarlas. Si se considera que ello excede su función pública, que es una actividad de naturaleza privada, entonces es obvio que para el cumplimento de las tareas no debe contar con asistencia de funcionarios públicos ni de recursos estatales. Dicho de otra manera, si atender público, personas individuales o delegaciones, contestar correspondencia, recorrer los departamentos y los barrios es tan privado como ocuparse de sus clientes jurídicos si el político es abogado, entonces no es concebible que se apoye en funcionarios públicos, como no sería aceptable que su estudio jurídico o su comercio fuese atendido con funcionarios en comisión. Si se considera que atender público, delegaciones, llamadas, correspondencia y demás es parte connatural de su función, no parece razonable pedir que se apoye en sus propios recursos, o que busque recursos privados para ello.

Entonces lo que hay que discutir son esencialmente dos cosas, y a partir de clarificar ellas, o de fijar posturas sobre las mismas, el debate tiene sentido. Una es cuáles son las funciones de los parlamentarios y de los funcionarios políticos, para qué son elegidos, cuál es su papel en un sistema representativo y, sobre todo, qué es lo que quieren y demandan los electores. La otra cosa es cuál debe ser el financiamiento de la actividad política, de los partidos, sectores y personas, cuánto debe ser público y cuánto privado, con qué requisitos y restricciones.