18 Nov. 2001

Los ecos del pasado

Oscar A. Bottinelli

El Observador

Entre 1962 y 1984 Uruguay vivió el período más violento de su historia moderna desde que terminaron las guerras civiles y se construyó un Estado y una sociedad modernos. En ese período hubo más de dos centenares de muertos en territorio nacional, además de otros padecimientos: personas detenidas o arrestadas sin comisión de delito alguno, malos tratos y torturas en dependencias militares y policiales, secuestros y malos tratos por parte de grupos guerrilleros.

Entre 1962 y 1984 Uruguay vivió el período más violento de su historia moderna desde que terminaron las guerras civiles y se construyó un Estado y una sociedad modernos. En ese período hubo más de dos centenares de muertos en territorio nacional, además de otros padecimientos: personas detenidas o arrestadas sin comisión de delito alguno, malos tratos y torturas en dependencias militares y policiales, secuestros y malos tratos por parte de grupos guerrilleros. A ello cabe agregar un centenar y medio de desaparecidos y unos cuantos muertos en la orilla de enfrente, casos sobre los cuales hay denuncias de participación de militares uruguayos en los hechos. Los muertos fueron de diverso tipo:

Uno. Funcionarios policiales y militares, y también civiles muertos por grupos guerrilleros.

Dos. Personas muertas por escuadrones de la muerte.

Tres. Detenidos muertos en prisión por causas en principio no naturales y en algunos casos probadamente por efecto del trato recibido.

Cuatro. Desaparecidos luego de ser detenidos, sobre los que toda la sociedad tiene la convicción de que están muertos.

Cinco. Personas muertas por encontrarse en el lugar y momento equivocados, como sucedió con un hombre ajeno a todo que cayó en medio del tiroteo en Pando.

Sobre la responsabilidad en muertes, secuestros y tratos indebidos por parte de los actores guerrilleros jugó la lógica emergente de todo sistema jurídico liberal, aunque en la mayoría de los casos hubo vicios de origen en los juicios. Tanto la declaración del estado de guerra interna, como la Ley de Seguridad del Estado, como la intervención de la justicia militar, fueron muy cuestionados en cuanto a su compatibilización con el orden jurídico constitucional del país. Pero una ley dictada por un Parlamento elegido en forma incuestionable desde el punto de vista constitucional y democrático estableció por un lado una amplia amnistía, pero por otro excluyó expresamente de la amnistía a los delitos de sangre, creó un procedimiento especialísimo de revisión de las causas y estableció un sistema extraordinario de cómputo de las penas (de tres por uno) en razón de las durísimas condiciones en que operó la prisión. Es importante remarcar, como precisión de hechos, que en Uruguay no hubo una amnistía irrestricta, sino que una cincuentena de personas fue rejuzgada por la Justicia ordinaria y condenada, y fue liberada en función de un sistema especial de cómputo de pena, concebido a título de compensación por los padecimientos sufridos.

Por otro lado, en diciembre de 1986 se dictó lo que en realidad es una amnistía, bajo la figura jurídica de caducidad de la pretensión punitiva del Estado, la cual fue convalidada por referéndum ciudadano en 1989. A diferencia del caso anterior, no hubo juzgamientos ni investigación de los hechos. Y de allí quedó un tema cerrado para unos y abierto para otros. El actual gobierno entendió que se encontraba pendiente el esclarecimiento de la suerte de los desaparecidos y eventualmente la localización y entrega de los restos. Ahora la comisión Ramela llegó a la conclusión de que siete personas desaparecidas murieron en estado de detención y bajo tortura, en una investigación que no ha culminado y puede ampliar esta lista de certezas.

Cuando el referéndum de 1989 hubo dos bandos, como ocurre forzadamente en toda opción binaria, como lo es un acto plebiscitario o un balotaje. Pero la realidad es más rica que el reduccionismo procesal electoral. Y en ese referéndum pueden distinguirse sustancialmente cuatro posturas: una, la defensa de la ley por solidaridad con los militares o policías acusados, o con lo que ellos hicieron o representaron. Dos, la defensa de la ley como forma de pacificar el país, enterrar el pasado y mirar hacia adelante, sin convalidar y más bien en condena de lo realizado durante el período militar. Tres, la oposición a la ley con una finalidad de esclarecimiento de los hechos (que se expresó sobre todo en la consigna "Verdad y justicia"). Y cuatro, la oposición a la ley en pos de "Juicio y castigo a los culpables".

El mensaje de la comisión es que Uruguay se encaminaría hacia la posición más exactamente intermedia, en medio entre la postura dos y la tres: verdad sin justicia judiciable, lo que algunos pueden entender como verdad con justicia histórica. Esclarecer los hechos, dar una versión que en el fondo supone una culpabilización de actores, no individualización de esos actores y, a partir de allí, amnistía, en el sentido etimológico del término.