09 Feb. 2003

¿Qué es corrupción?

Oscar A. Bottinelli

El Observador

En los últimos años ha tomado notoriedad en el país el tema de la corrupción. Desde distintos ángulos, escenarios y protagonistas. El tema ha surgido esencialmente a través de denuncias periodísticas o a través de los medios de comunicación dirigidas contra dirigentes políticos o relacionados con los políticos. Según los momentos ha habido una ofensiva contra los blancos, contra los colorados y ahora despunta hacia los frenteamplistas.

En los últimos años ha tomado notoriedad en el país el tema de la corrupción. Desde distintos ángulos, escenarios y protagonistas. El tema ha surgido esencialmente a través de denuncias periodísticas o a través de los medios de comunicación dirigidas contra dirigentes políticos o relacionados con los políticos. Según los momentos ha habido una ofensiva contra los blancos, contra los colorados y ahora despunta hacia los frenteamplistas.

Pero así como es fácil hablar de corrupción, es más difícil tener claro qué quiere decir corrupción, cuál es el concepto de corrupción. Como aproximación al tema cabe buscar la definición de la Real Academia, cuya acepción más congruente es la cuarta: "En las organizaciones, especialmente en las públicas, práctica consistente en la utilización de las funciones y medios de aquellas en provecho, económico o de otra índole, de sus gestores". La definición es bastante vaga, pues cualquiera que integra una organización normalmente obtiene un provecho económico a través del sueldo. Por lo tanto, debe tratarse de una utilización indebida. Hasta ahora todo muy claro, salvo un pequeño detalle: qué es lo debido y qué es lo indebido.

En una encuesta realizada hace unos años por parte de Factum, surgió que en el concepto de corrupción la gente incluía desde el soborno hasta el hacer llamadas telefónicas particulares desde la oficina pública. Si este último es el concepto de corrupción, casi no hay empleado público o privado que no incurra en ella, pues es de un uso generalizado que la gente utilice los teléfonos del lugar de trabajo para no gastar en su hogar (práctica contra la que las empresas tratan de levantar formidables barreras con bloqueos de salidas y otros artilugios). Como se puede ver, los beneficios económicos o materiales que directa o indirectamente se puede obtener de la función pública o del empleo público cubren una gama muy grande. Y también hay formas polémicas que no necesariamente implican beneficios para sí o sus familiares, pero pueden serlo para sus amigos o para personas que las que tienen algún grado de involucramiento, sin que necesariamente sean familiares.

Otro ángulo de confusión está en la distinción entre lo incorrecto y lo delictivo. Más de una vez la primera reacción ante cualquier denuncia es "que la Justicia investigue"; y el propio Poder Judicial viene demostrando en los últimos años un fuerte afán por intervenir en todo aquello que tenga alguna connotación político, y con más entusiasmo si está relacionado a la vez con lo ético y lo político. Pero la Justicia (penal) solo puede intervenir ante lo delictivo, y exclusivamente en ese campo; y no sólo debe juzgar si algo es delito, sino que deben existir pruebas fehacientes de ello.

Pero fuera de lo penal, también hay fuertes diferencias en el concepto de corrupción, muchas de ellas asociadas a concepciones ideológicas sobre la sociedad y el mundo, a concepciones sobre las organizaciones públicas y la función política. Para unos que un alto funcionario político realice actividades empresarias es en sí mismo indeseable y una potencial fuente de corrupción, mientras que para otros que el funcionario político dependa exclusivamente de los ingresos públicos puede llevarlo a la corrupción, al depender toda su economía personal de la permanencia en la función pública.

Entonces, si es tan confuso el delimitar el concepto de corrupción, si es tan elástica la definición, si es tan estrecha la franja estrictamente judiciable, la que es tramitable ante la Justicia Penal ¿cuál es el camino? Algunos países han establecido minuciosos códigos de conducta para los funcionarios, con exigencias más estrictas o más flexibles según el rango de los funcionarios. Exigencias que no se limitan a lo que el funcionario puede hacer o dejar de hacer en lo público, sino qué actividades privadas y qué bienes puede o no tener. Y sobretodo, cómo se resuelven los conflictos de intereses. Inclusive prevén la actuación preventiva y consultiva, que el propio funcionario pueda consultar si es compatible con la función el realizar tal o cual actividad privada, él mismo o sus familiares directos. Y no solo hay códigos de ética para funcionarios públicos, sino que también hay partidos que tienen sus códigos minuciosos para sus dirigentes y representantes, y grandes empresas que regulan también minuciosamente la conducta de sus ejecutivos y directivos.