30 May. 2004

Estas elecciones preliminares

Oscar A. Bottinelli

El Observador

El 27 de junio se realiza un tipo de elección de difícil definición y clasifica- ción. Sus objetivos generales son tres: la elección del candidato a presidente de la República de cada partido; la elección de un órgano deliberante nacional con la única finalidad de elegir el candidato a vicepresidente y en diversas situaciones elegir supletoriamente al candidato presidencial; la elección de un órgano deliberante departamental en cada departamento con la única finalidad de elegir al o a los candidatos a intendente municipal.

El 27 de junio se realiza un tipo de elección de difícil definición y clasifica- ción. Sus objetivos generales son tres: la elección del candidato a presidente de la República de cada partido; la elección de un órgano deliberante nacional con la única finalidad de elegir el candidato a vicepresidente y en diversas situaciones elegir supletoriamente al candidato presidencial; la elección de un órgano deliberante departamental en cada departamento con la única finalidad de elegir al o a los candidatos a intendente municipal. Algunos partidos le han agregado un cometido adicional: que esos órganos deliberantes (nacional o departamentales) constituyan las convenciones nacional y departamentales de los respectivos partidos, en tanto autoridades partidarias por un periodo de cinco años. Este objetivo es una decisión de cada partido, que aprovechan el acto comicial para resolver un tema como lo es la composición de las autoridades partidarias, pero no es un objetivo que surja necesariamente del texto constitucional ni del legal. Desde el punto de vista de la naturaleza del cuerpo electoral, es una elección de carácter general; en la misma participa el Cuerpo Electoral (con mayúscula, es decir, el órgano de origen constitucional integrado por todas las personas habilitadas para votar).

Interesa pues señalar el camino que se eligió estampar en la Constitución (y que en ambos partidos tradicionales también se estampó en sus respectivas cartas orgánicas): que la base de soberanía partidaria fuese una porción indeterminada e indeterminable del Cuerpo Electoral. En el mundo occidental, particularmente en Europa, predomina un modelo diferente: la base de soberanía de los partidos son los afiliados. Afiliado es generalmente una persona que adhiere a un partido político con ánimo de permanencia y comparte las bases de principios del mismo; la relación afiliado-partido es una comunión en base a ideas, valores o modos de concebir la resolución de los conflictos de la sociedad. La adhesión de un afiliado a un partido va más allá de la coincidencia puntual con un candidato o de la problemática de una elección, y en principio va más allá de las victorias o derrotas circunstanciales. Los afiliados son quienes eligen las autoridades partidarias y, en forma directa o indirecta, eligen a los candidatos del partidos a los diferentes cargos públicos, desde la jefatura del gobierno hasta los cuerpos vecinales. La base de soberanía no solo es determinable colectivamente, sino que es posible establecer persona por persona quienes son los co-soberanos de un partido determinado.

En el modelo adoptado en Uruguay es imposible saber quienes integran ese conjunto que constituye la base de soberanía, pues los candidatos son elegidos (y en ambos partidos tradicionales sus autoridades son elegidas) por un conjunto de personas de las que sólo puede saberse la cantidad, y cuya relación con el partido es variable: desde quienes tienen una relación de pertenencia (y serían afiliados de haber criterios de afiliación) hasta electores puntuales, adhesión que empieza y termina ese mismo día en esa elección de candidatos o autoridades. El sistema permite perfectamente que un elector vote a lo largo de once meses por tres partidos diferentes (en julio con estas llamadas “internas”, en las nacionales de octubre y en las municipales del siguiente mayo). Por lo que una persona que en octubre exprese su adhesión a un partido, puede en junio haber intervenido en la elección de candidatos y de autoridades de un partido diferente. En otras palabras, el sistema no asegura que el gobierno del Partido Colorado sea decidido por los colorados, ni que el gobierno del Partido Nacional sea decidido por los blancos; consecuentemente, el sistema no solo no asegura sino que está hecho para permitir que el candidato colorado sea elegido mediante la intervención de cualquier ciudadano, se identifique con la corriente política que fuere, y está hecho para permitir que el candidato blanco sea elegido también por personas que se identifiquen con lo blanco, o con lo colorado, o con lo frenteamplista, o con otra pertenencia, o con ninguna. Esta es la lógica del sistema. Lo que se denomina voto extrapartidario no es una anomalía del sistema sino una conducta lógica y natural del sistema.

Si se considera que no es conveniente que gente que se defina como colorada o frenteamplista elija dentro del Partido Nacional, o si se entiende que no es bueno que gente definida como blanca o frenteamplista elija dentro del Partido Colorado, lo que se está haciendo es cuestionar la lógica del sistema implantado con la reforma constitucional de 1996. No es un problema que tenga que ver con la ética del votante, ya que el votante actúa siguiendo la más estricta lógica del sistema, es un problema de diseño del sistema.

Pero en estas elecciones se dan situaciones extremas como la del Encuentro Progresista-Frente Amplio, en que no se elige ni siquiera quien hace el asado: hay candidato único a presidente, hay acuerdo sobre el nombre que elegirá la convención nacional como vicepresidente, no se define el candidato a intendente en al menos los dos tercios de los departamentos, no se eligen las autoridades partidarias. El voto al EP-FA es un acto de adhesión de la misma importancia que concurrir a un acto público, no es participar de una elección, ya que prácticamente no se elige nada (salvo en algún que otro departamento en que sí se pueda elegir el o los candidatos a intendente municipal).

Una vez más se comprueba que los diseñadores de la reforma actuaron como el aprendiz de brujo, que desató fuerzas que luego no pudo controlar, y que no previó que pudieran desatarse. En la reforma se pensó el efecto de cada instrumento en particular, y no se estudió cómo quedaba el proyecto en su conjunto, cómo operaba la interacción de todas las partes. Estas “elecciones internas”, que tienen hasta mal puesto el nombre, fueron concebidas sobre la base de que todos los partidos en todas las elecciones iban a tener la misma intensidad de convocatoria. La premisa no sólo resulta falsa hoy, sino que ya era falsa en el momento de elaborarse la reforma, e inclusive es teóricamente falsa.