06 Mar. 2005

El país peregrino

Oscar A. Bottinelli

El Observador

Las estimaciones de los investigadores demográficos dan que en el exterior reside una población de origen uruguayo que equivale aproximadamente al 15% de la población residente en el territorio nacional. En otras palabras, de cada ocho uruguayos alrededor de uno vive fuera de fronteras.

Las estimaciones de los investigadores demográficos dan que en el exterior reside una población de origen uruguayo que equivale aproximadamente al 15% de la población residente en el territorio nacional. En otras palabras, de cada ocho uruguayos alrededor de uno vive fuera de fronteras. Hasta ahora no ha habido una política estatal o gubernamental de preocupación por la existencia diáspora; en general esos uruguayos han tenido mayor o menor contacto (o ausencia de contacto) con las representaciones diplomáticas o consulares al calor de la voluntad o ausencia de voluntad de embajadores, ministros o cónsules. Y en algunos casos concretos ha habido una preocupación general por la situación de los uruguayos, como ha sido en los últimos tiempos el caso de España. Este gobierno es el primero que marca una preocupación oficial por la existencia de la diáspora, o como lo ha llamado el presidente Vázquez, del "país peregrino".

La diáspora tomó conciencia de sí misma cuando fue una diáspora política, es decir, un exilio. En los años de la dictadura se constituyó una basta red de comités de lucha contra la dictadura y en particular una muy eficiente red de comités de base del Frente Amplio, que a su vez originaron clubes, centros y escuelas uruguayas. De ese impulso sobrevivieron muchas instituciones y se crearon algunas nuevas. Pero no hay ninguna red o institución que nuclee a la diáspora, y su existencia se debe exclusivamente a la existencia de un puñado de personas en cada lugar dispuestas a dar su tiempo y esfuerzo a la existencia de nucleamientos uruguayos.

El gobierno ha dado señales de tomar dos temas: la organización del país peregrino y la promoción de su derecho al voto en las elecciones nacionales y municipales. Y no ha dado señal de pretender enmendar un tercer tema: la ley 16021, de 13 de abril de 1989, confirmó la jurisprudencia discriminatoria entre dos categorías de ciudadanos naturales: los de jus soli (nacidos en el país) y los de jus sanguinis (nacidos en el extranjero de padre o madre oriental). La ley considera que solo son orientales los nacidos en el territorio, omite decir qué grado de marcianos son los nacidos fuera del territorio y quita a éstos el derecho a trasmitir la ciudadanía por jus sanguinis. Este es un tema nada menor cuando hay una cantidad considerable de hijos del exilio y de hijos de la diáspora a los cuales la ley 16021 les da categoría de ciudadanos naturales de segunda clase. En la línea del nuevo gobierno parece ser un tema que también debería abordar, para tener coherencia en sus planteos.

La organización de los uruguayos en el exterior es un tema que además de recoger las experiencias fragmentarias existentes, permite recoger la basta experiencia de Italia y en menor grado de España en el tema. Italia ha creado una estructura estatal, con financiamiento público, que arranca en la existencia en cada distrito consular de un Comites (Comitato degli Italiani all´Estero), cada uno de ellos elegido por voto directo de los ciudadanos italianos registrados en el respectivo consulado, y culmina en una gran CGIE (Consiglio Generale degli Italiani all´Estero).

El voto epistolar es un tema harto complicado y merece dos tipos de discusiones. Una es la discusión de fondo, que se da en todos los países con alto peregrinaje, que es si quienes viven en el exterior tienen derecho a emitir el voto de cuyas consecuencias luego no son responsables, o no recaen sobre ellos. Este es un debate que se prolonga de largo tiempo en Italia. Como los partidos políticos toman posición más sobre cálculos electorales que sobre postulados filosóficos, en Italia se invierten las posiciones respecto a Uruguay: el voto all´estero lo impulsa el centro-derecha y levanta la más formidable resistencia del centro-izquierda. Es decir, la discusión conceptual se realiza sobre un sustrato de cálculo de pérdidas y ganancias. Al menos en el caso uruguayo (y da la impresión que es igual en Italia) se realiza en base a presunción de comportamientos, sin que haya estudios objetivos que comprueben la validez o invalidez de la hipótesis de base. La incógnita en Italia quedará despejada en mayo o junio del año que viene, cuando esa Italia nel Mondo elija senadores y diputados. En Uruguay seguirá por buen tiempo en el terreno de los fantasmas propios y ajenos. Curiosamente todos coinciden en el fantasma: el Frente Amplio cree que el voto en el exterior lo beneficiará, blancos y colorados creen que los perjudicará.

Pero el voto en el exterior plantea diversos temas. El primero es si basta una ley, es necesaria una reforma constitucional o la muy original tesis de Gros Espiell de que basta una simple decisión de la Corte Electoral. Descartada esta última tesis, que aparece como muy endeble, quedan las otras dos, que ameritan un profundo debate, porque hay diversas lecturas de la Constitución que hacen dudar si la misma no apunta a limitar el ejercicio de los derechos dentro del país, y hay otras lecturas que permiten lo contrario. Sería bueno, si fuera posible, un análisis desapasionado y con rigor académico, de qué habilitad y qué no la constitución. Obviamente hay un conjunto de pronunciamientos de constitucionalistas, ya hechos o por hacerse, que se sabe coincidirán casualmente con los intereses políticos de los partidos a los que adhieren. Importa entonces la opinión de los otros, de los que solo tienen un interés académico en el tema. Un segundo tema es si el voto epistolar proyectado por el gobierno debe limitarse al voto en el exterior o cabe extenderlo a toda persona que no pueda estar en el lugar de inscripción cívica el día de la votación; suena algo raro que se pueda votar desde Sidney para Montevideo, pero no desde Rivera. Y hay un tercer tema fundamental, hay que analizar detenidamente la emisión del voto epistolar para ver si se mantienen o no las garantías de un sistema tan garantista como el uruguayo, un sistema casi a prueba de fraudes, más allá de algunos fantasmas agitados y no debidamente probados. Por lo pronto hay un tema casi insoluble: una garantía esencial del sistema radica en que el voto desde que se emite hasta que se abre está bajo constante observación de los tres miembros de la Comisión Receptora y de los delegados de todos los partidos y centros políticos que lo deseen; y una cosa fundamental: no permanece un solo minuto guardado sin control, apenas se clausura la votación los votos se abren y escrutan. El voto por correo carece de garantías y controles sobre el momento en que se emite, desde que sale de las manos del ciudadano hasta que llega a la Corte Electoral está fuera de todo control. Y no hay forma de asegurar que lleguen a la Corte Electoral todos los votos que efectivamente hayan sido depositados en los correos. En los referendos italianos de junio de 2003, el centro izquierda denunció la pérdida de muchos de miles de votos emitidos en el exterior por correo; a su juicio hubo un porcentaje elevado de votos que no llegaron a destino. Pavada de tema. El voto epistolar debe estudiarse con serenidad, de manera de evitar que vuele por los aires un sistema con tantas garantías como el uruguayo.