18 Jun. 2006

País real y país virtual

Oscar A. Bottinelli

El Observador

En las dos últimas semanas se emitieron significativas señales interrelacionadas desde el poder político, el poder de la judicatura y el poder sindical. La lectura conjunta de dichas señales conllevan a describir un determinado tipo de país, que será bueno para unos y malo para otros, prolijo o desprolijo, pero que lo único claro es que aparece bastante diferente al que surge del discurso político o forense.

En las dos últimas semanas se emitieron significativas señales interrelacionadas desde el poder político, el poder de la judicatura y el poder sindical. La lectura conjunta de dichas señales conllevan a describir un determinado tipo de país, que será bueno para unos y malo para otros, prolijo o desprolijo, pero que lo único claro es que aparece bastante diferente al que surge del discurso político o forense.

Conviene describir cada señal:

Uno. La existencia o aplicación del delito de desacato por ofensas. Modernamente este delito es considerado una seria limitación a la libertad de opinión y una restricción de la libertad de prensa, al punto que una decena de países latinoamericanos lo han eliminado de los respectivos códigos penales y su derogación es objeto de campaña por parte de las organizaciones de periodistas y medios de comunicación

Dos. La aplicación de esta figura delictiva para reaccionar ante una crítica al sistema judicial de parte de un jerarca del poder político (crítica hecha de mala manera y en mal momento). Aparece como una reacción de tipo corporativo para sostener una especie de intangibilidad de los magistrados, que estarían por encima de toda crítica. Sin embargo, en la esencia misma de la democracia está el derecho de los ciudadanos a expresar su opinión aun en el más profundo error y con la más extrema ignorancia; y en ese derecho reside la posibilidad de sostener que un magistrado es burro o incapaz, que un legislador es un verdadero analfabeto. La libertad de opinión no existe solamente para garantizar que los ciudadanos alaben la equidad de los jueces o la sabiduría de los parlamentarios. Decir según el gusto del poderoso no es un ejercicio de libertad; la libertad reside en el derecho de decir a disgusto del poderoso y la obligación del poderoso de tener que tolerar ese disgusto

Tres. La magistratura considera mucho más grave la ofensa a un magistrado que una maniobra perfectamente organizada y planificada para defraudar al fisco. Lo primero supone prisión, lo segundo trabajos comunitarios. Tanto la ofensa como la maniobra pueden no haber existido, ya que dista para que haya fallos definitivos, pero se presumen ante la semiplena prueba de existencia de lo uno y de lo otro. Ante la semiplena prueba de cada cosa, la señal dada es que la magistratura usa la ley ante todo para defenderse a sí misma.

Cuatro. Un poder político que presiona al Poder Judicial. Primero por vía del director de rentas descalifica a un magistrado porque se pronuncia en sentido diferente al del administrador-acusador, y luego por vía del presidente de la República, del ministro de Economía y de varios senadores de la mayoría, expresa en forma pública su apoyo al jerarca político procesado por el juez. No es una señal privada, íntima, de solidaridad humana, sino una señal pública de apoyo político, que en definitiva es una señal política de confrontación con el sistema judicial, una señal de presión sobre la magistratura.

Quinto. La supremacía de la recaudación fiscal sobre cualquier otro derecho. La crítica presente del administrador-recaudador al juez está en la misma línea de cuando sostiene la inversión de la carga de la prueba en materia fiscal (todo sospechado por la administración es culpable hasta que demuestre lo contrario) y cuando impulsa que todo secreto decaiga ante el objetivo de la recaudación fiscal. Que el secreto periodístico, el de padres con hijos, el de confesión, el de abogado y cliente, el de médico y paciente, todos ellos decaigan ante el objetivo recaudatorio del Estado

Sexto. El poder sindical inaugura el principio de ser decisor en última instancia de las decisiones judiciales relacionadas con conflictos laborales. Inaugura porque modifica una tradición del movimiento obrero uruguayo en sentido diverso. De esta manera se pone por encima o por delante del poder de los magistrados.

Séptimo. El poder judicial, vía el juez del Trabajo, acepta la superior decisión del movimiento sindical y del poder político; ante un planteo de éste, suspende la medida, y ante el cuestionamiento de aquél, se aparta del caso

Octavo. El poder político, esta vez vía el ministro del Interior, se transforma en intérprete de la conveniencia o inconveniencia del cumplimiento de las decisiones judiciales, de la razonabilidad y procedencia de su cumplimiento. Y para ello interviene sobre la Suprema Corte de Justicia.

Noveno. La Suprema Corte de Justicia juega el juego de los equívocos. Recibe el planteo del ministro del Interior en forma telefónica. De hecho acepta la superioridad de la decisión política sobre la judicial. Telefónicamente le comunica al juez la inconveniencia de proceder a ejecutar la decisión judicial (versión del magistrado) o le comunica la comunicación del ministro (versión de la Suprema Corte).

Noveno. La Suprema Corte niega haber pedido al juez suspender la medida porque ello sería afectar su independencia. La independencia entonces para la Corte no estaría afectada si lo que hace es trasmitir el pedido del ministro del Interior. Es decir, que con toda la autoridad de la máxima magistratura no invade la independencia del magistrado porque simplemente comunica, la independencia del magistrado si preserva si la majestad de los jueces supremos deviene en el modesto oficio de mensajero

Diez. Para que no se dude de las garantías procesales, el ministro lo que comunica lo comunica verbalmente y la Corte recibe la comunicación verbal, acepta la comunicación verbal y la trasmite también en forma verbal. Todo verbal, por teléfono, sin actas. Y se juega al teléfono descompuesto: cada quien tiene una versión diferente de lo que dijo u oyó. Habría que hacer un careo nada menos que entre el ministro del Interior, el presidente de la Suprema Corte y un juez del Trabajo.En todas estas señales no importan los protagonistas concretos ni los casos en discusión, porque las señales tienen valor en forma genérica y abstracta, y son muy fuertes. Marcan la existencia de reglas de juego no fáciles de desentrañar. Lo que aparece es la diferencia entre lo que el país reclama en el plano internacional y lo que practica en el interno, la que hay entre el país de los libros de Derecho y el país que muestran estas señales; la distancia que va del querer ser al ser, del país virtual al país real.

De que estos hechos se repitan o en cambio pasen a ser parte del pasado dependerá la coincidencia del país virtual con el país real.