25 Jun. 2006

La reelección como problema

Oscar A. Bottinelli

El Observador

El hermano del presidente y prosecretario de la Presidencia, el ministro de Ganadería y líder del MPP, y el vicepresidente de la República y líder de Alianza Progresista, a lo largo de un año vienen promoviendo la reelección inmediata de Tabaré Vázquez con el argumento sustantivo de que ello le resuelve al Frente Amplio un serio problema en materia de candidatura presidencial.

El hermano del presidente y prosecretario de la Presidencia, el ministro de Ganadería y líder del MPP, y el vicepresidente de la República y líder de Alianza Progresista, a lo largo de un año vienen promoviendo la reelección inmediata de Tabaré Vázquez con el argumento sustantivo de que ello le resuelve al Frente Amplio un serio problema en materia de candidatura presidencial. En realidad lo que promueven no es en primer término la reelección de Tabaré Vázquez sino una reforma constitucional que habilite la reelección inmediata del presidente de la República y, consecuentemente, a partir de esa reforma propender a la reelección del actual primer mandatario. El planteo sin duda amerita un largo debate entre dos posiciones clásicas sobre el tema: la defensa de la reelección basada en la conveniencia de continuidad de planes y equipos (tesis sostenida por el politólogo Giovanni Sartori) y la oposición por considerar que la reelección presidencial abre camino a cierto autoritarismo, al porfirismo, y a que (Sanguinetti dixit) “un presidente que se presenta a la reelección es un animal peligroso”. Este es un tema. Otro deriva de la fundamentación de la reforma y genera cierta perplejidad: lo que Mujica y Nin Novoa informan es que el Frente Amplio tiene una fragilidad tal que no puede afrontar fácilmente la definición de un candidato presidencial único diferente a Tabaré Vázquez y que para resolver el problema requiere promover nada menos que una reforma constitucional, tema que da para hondas reflexiones. Y un tercer tema, objeto de este análisis, tiene que ver sobre cuánto resuelve el problema y cuánto complica una reelección presidencial.

La Constitución de la República Oriental del Uruguay desde 1934 es modificable por tres grandes vías: la Ley Constitucional seguida de plebiscito ratificatorio en cualquier momento, la Convención Nacional Constituyente que también desemboca en un plebiscito de ratificación en cualquier momento y el plebiscito simultáneo con las elecciones nacionales (que para su aprobación requiere el voto por “SI” de la mayoría absoluta del total de votantes, incluido en los mismos los votos en blanco y nulos) . A su vez, esta tercera vía tiene dos puntos de partida: la iniciativa ciudadana (proyecto presentado por el 10% de los inscriptos en el Registro Cívico Nacional) y la iniciativa parlamentaria (2/5 de los miembros de la Asamblea General). La sanción de una Ley Constitucional requiere el voto conforme de los dos tercios de cada una de las dos cámaras, lo que desde el punta de vista político implica la necesidad de un acuerdo con todo el Partido Nacional o con la mayoría nacionalista, o en su defecto un acuerdo según los casos con dos o con tres de estos cuatro actores: Herrerismo, Correntada Wilsonista, Partido Colorado, Partido Independiente. El Frente Amplio por sí solo no tiene posibilidad de sancionar una Ley Constitucional. De no obtenerse acuerdo de la oposición - que hoy parece muy improbable – es una vía cerrada.

La segunda vía supone iniciativa legislativa o del Poder Ejecutivo y su aprobación por la mayoría absoluta de la Asamblea General, lo cual abre el camino a la elección de la Convención Nacional Constituyente. El Frente Amplio por sí solo cuenta con esta mayoría absoluta, pero requiere necesariamente que casi todo el Frente Amplio adhiera a la iniciativa (el FA tiene 69 legisladores, 3 más de la mayoría, eso es todo lo que puede perder). El primer problema, entonces, es lograr un acuerdo pleno interno. El segundo problema es que esto supone la convocatoria a elecciones, con dos riesgos: Uno, que la opinión pública se malhumore por una convocatoria electoral estrictamente política y con la sola finalidad de resolver candidaturas; dos, que el resultado de las elecciones de convencionales constituyentes resulte favorable al gobierno. Debe estar muy bien medido el riesgo de promover elecciones a mitad de periodo y perderlas, porque ello no solo bloquearía la reelección, sino que debilitaría formidablemente al gobierno.

Cuando se emplea la tercera vía y esta incluye reformas a la composición de cargos electivos, “al ser sometidas a plebiscito, simultáneamente se votará para estos cargos por el sistema propuesto y por el anterior, teniendo fuerza imperativa la decisión plebiscitaria” (art. 331, lit. E). En otras palabras, hay una especie de dos elecciones simultáneas, de las cuales una sola resultará válida: una elección es por el régimen vigente y otra por el régimen proyectado, donde inclusive se puede votar en una y en otra por partidos diferentes. De las dos elecciones, solo valdrá una, según se apruebe o no la reforma constitucional. Así se votó en 1946, 1950, 1958, 1962, 1966 y 1971.

Merece consideración la situación. En 1971 el sector entonces mayoritario del Partido Colorado, liderado por el presidente Jorge Pacheco Areco, impulsó una reforma constitucional para consagrar la posibilidad de reelección inmediata del presidente de la República. La iniciativa contó con el rechazo del resto del Partido Colorado, de todo el Partido Nacional, el Frente Amplio y fuerzas políticas menores. Solamente el reeleccionismo (la Unión Colorada y Batllista para esa elección se presentó con la denominación de Unión Nacional Reeleccionista, UNR) presentó listas para el régimen proyectado y también para el régimen vigente. Todas las demás presentaron solo para el régimen vigente. Dado que la única modificación en la composición de órganos electivos era las condiciones para la elección presidencial, la UNR del Partido Colorado presentó la fórmula presidencial Pacheco Areco- Bordaberry por el régimen proyectado, pero – y aquí está la médula del tema – tuvo que presentar una fórmula presidencial por el régimen vigente: Juan María Bordaberry-Jorge Sapelli. Como triunfó el Partido Colorado y dentro suyo la UNR, pero fue derrotada la iniciativa de reforma constitucional, resultó elegida la fórmula por el régimen vigente: Bordaberry presidente, Sapelli vicepresidente. Este es exactamente el camino que debe recorrer el Frente Amplio, con los mismos riesgos: la reforma puede ser aprobada o no, y en todo caso debe presentar una fórmula por el régimen vigente. Puede ganar el FA y perder el SI y resultar triunfante la fórmula por el régimen vigente (no la que lleve a Vázquez). Entonces, el problema de resolver la candidatura única no desaparece, sino que persiste, con o sin iniciativa reeleccionista.