23 Set. 2007

Culpable por sospecha

Oscar A. Bottinelli

El Observador

“Gulty by Suspicion” (Culpable por Sospecha) es el título del film de Irwin Winkler (de 1990 ó 1991) que relata la peripecia de un director cinematográfico acusado ante la Comisión de Actividades Antinorteamericanas del Congreso de los Estados Unidos, en aquellos años de cacería de brujas, en el periodo conocido como “maccarthysmo”, cuyo eje ocurrió entre la segunda mitad de los cuarenta y la primera mitad de los cincuenta[...]

“Gulty by Suspicion” (Culpable por Sospecha) es el título del film de Irwin Winkler (de 1990 ó 1991) que relata la peripecia de un director cinematográfico acusado ante la Comisión de Actividades Antinorteamericanas del Congreso de los Estados Unidos, en aquellos años de cacería de brujas, en el periodo conocido como “maccarthysmo”, cuyo eje ocurrió entre la segunda mitad de los cuarenta y la primera mitad de los cincuenta. En la histeria generada durante el comienzo de la Guerra Fría, y agravada con la paridad nuclear, la persecución de todo lo que se considerase comunista, pro-comunista, izquierdista o antinorteamericano llevó a la pérdida de un principio fundamental del derecho liberal, que quiere decir el derecho en un estado de libertad: que todo ciudadano es inocente hasta que se demuestre su culpabilidad; dicho a la inversa, que nadie es culpable mientras no se pruebe su culpabilidad de manera plena y más allá de toda duda razonable. Esa es la base del derecho liberal, que también puede definirse como las reglas de juego y los principios básicos para poder vivir en libertad, en un estado de libertad. Lo opuesto es el concepto de inversión de la carga de la prueba: toda persona es culpable hasta que no demuestre su inocencia, de manera plena y más allá de toda duda razonable. De donde, toda sospecha culpabiliza al sospechado. Se es culpable por la mera sospecha.

En los últimos días revivió la situación en que una empresa privada comercial estuvo al borde de la clausura (temporal, por seis días) ante la sospecha de defraudación fiscal. Obviamente para el dueño (o los dueños) lo importante es la pérdida de dinero que aparejaría la clausura del comercio por unos cuantos días y las pérdidas que podría ocasionar la afectación de su imagen. Eso que es comercialmente relevante, no tiene magnitud mayor que la afectación que a ciertas empresas produce la inflación en dólares, la devaluación o o el achicamiento del mercado. Pero todo ello para la sociedad en principio es de escasa o nula importancia. Lo realmente relevante desde el punto de vista societal es si rige o no el principio de inocencia o rige el principio de culpabilidad por sospecha. Si lo que hay que probar es la culpabilidad o lo que hay que probar es la inocencia. Si la gente es inocente hasta que se demuestre lo contrario o es culpable hasta que demuestre su inocencia. Lo que está en juego para la sociedad es diferente a lo que está en juego para los dueños del negocio: es la vigencia de un principio sustancial e irremplazable del estado de derecho basado en la libertad: la inocencia como presunción básica.

El juez de primera instancia tomó una decisión en principio obvia (porque dijo lo obvio, que en un estado de derecho rige el principio de inocencia), pero a su vez trascendente, porque ese principio aparece contradicho desde el Estado. Porque cuando la Dirección General Impositiva actúa ante el Poder Judicial, en realidad no actúa una simple dirección que es una de las ramas ejecutivas de un Ministerio Departamento de Estado, que es a su vez parte indivisible del Poder Ejecutivo. El que actúa es el Poder Ejecutivo. Y esa dirección de ese departamento hizo decir al Poder Ejecutivo que en Uruguay rige el principio de “culpabilidad por sospecha”, fundamentado en un artículo confuso y mal redactado, peligrosamente confuso, de los varios centenares de artículos de una ley presupuestal. Pero lo más relevante es que ante la contundente decisión judicial, tan contundente como obvia, se anuncia que se apelará. Lo grave no es que se apele, porque eso es un derecho procesal básico, y es legítimo apelar si se entiende que el juez ha apreciado mal las pruebas. Se anuncia que se apelará porque se discrepa con el principio de que haya que demostrar la culpabilidad y de que haya que presentar pruebas; más aún, se discrepa con que tenga que existir la defraudación fiscal o que deba existir perjuicio al fisco o a la sociedad. En realidad no se apela una decisión judicial referida a un caso concreto, sino que se apela, se agravia ante la esencia misma del sistema jurídico y político del país.

Pero lo realmente significativo es que no es un lapsus del funcionario, producto de una momentánea irritación ante un resultado adverso. Porque poco tiempo atrás sostuvo que en materia tributaria todos los uruguayos están en libertad condicional. Lo cual es profundamente coherente con su oposición al principio de inocencia. Y es además sustancialmente coherente con diversas posturas ideológicas que subordinan la libertad individual al interés del Estado. El problema está, y éste es el detalle, que no es compatible con la poliarquía, con lo que se conoce como democracia liberal, con el estado de derecho liberal. Ese es el matiz que hay entre el juez y el funcionario tributario, que uno adhiere a la defensa de la libertad y los derechos individuales, y el otro brega por un Estado omnipresente al cual deben subordinarse todos los demás derechos.

El presidente de la República es un hombre que tiene que atender muchos frentes, desde abrir mercados al país, capear el temporal celulósico, buscar el rumbo en las secuelas del pasado, batallar una pulseada por el poder con el poder de las túnicas blancas hasta atender todos los frentes abiertos al equipo económico. Éste, el equipo económico, debe enfrentar el malhumor mayoritario con la reforma tributaria, la inflación en pesos y la inflación en dólares, para citar solo los menesteres mayores o más acuciantes. Son demasiadas las cargas sobre las espaladas de muy pocos. Pero valdría la pena que alguien los distrajese un minuto, para señalarles que por ahí anda alguien en su nombre luchando porque en Uruguay todos los ciudadanos sean declarados culpables por sospecha y vivan en libertad condicional, hasta que de manera plena, inequívoca y más allá de toda inquisición, demuestren que no son culpables de haber escrito con faltas de ortografía un documento con valor fiscal.