08 Ago. 2010

Balotaje: por qué no es lo mismo 50% que 45%

Oscar A. Bottinelli

El Observador

En la intermitente discusión que se viene dando sobre reforma electoral han surgido diversos planteos de revisión del sistema de elección presidencial o, más exactamente, de reformulación de las condiciones para la elección del presidente en un único turno o en su defecto la realización de un balotaje[...]

En la intermitente discusión que se viene dando sobre reforma electoral han surgido diversos planteos de revisión del sistema de elección presidencial o, más exactamente, de reformulación de las condiciones para la elección del presidente en un único turno o en su defecto la realización de un balotaje. El sistema actual supone que la fórmula binominal para presidente y vicepresidente de la República requiere la obtención de la mayoría absoluta del votantes o en su defecto, la realización de una nueva instancia entre los dos lemas y las dos fórmulas a mayoría relativa de votos, que por imperio matemático implica necesariamente el logro de la mayoría absoluta de los votos válidos (cabe recordar que en sistemática electoral voto válido quiere decir voto emitido por alguna opción en condiciones de ser elegida, vale decir, voto por un partido político o por un candidato). Lo normal en el mundo, en el sistema clásico de balotaje, el presidencial francés, es que se exija para la elección en primera vuelta la obtención de la mayoría absoluta de los votos válidos, lo que en buen romance quiere decir que el ganador (lema, partido, candidato) concita más votos que todos los demás contendientes sumados.

El riesgo de realizar balotajes innecesarios, de ir a una segunda vuelta por excesivos preciosismos, ha llevado a dos tipos de iniciativa: las que ajustan el sistema actual y las que provocan un cambio sustantivo de las bases del sistema.

El ajuste del sistema se fundamenta en dos fenómenos que pueden considerarse excesivos. El primer caso, que casi ocurre en 2004, es que un partido/candidatura que obtenga más votos que todos los demás partidos/candidaturas sumados puede no resultar elegido, si en función de la magnitud de los votos refractarios (en blanco, nulos, anulados) no supera la barrera del 50% del total de votantes. En 2004 el Frente Amplio/fórmula Vázquez-Nin Novoa superó esta barrera por poco menos de 10.000 sufragios, aunque venció a todos los demás partidos políticos sumados por una diferencia de 72.484 votos. Si el FA hubiese recogido 10 millares de sufragios en menos, habría habido una segunda vuelta pese que entonces superaría a todos los demás sumados en la friolera de más de 62 mil votos.

El segundo posible exceso ocurrió en 2009. El Frente Amplio obtuvo mayoría parlamentaria (50 diputados, 16 senadores) y se fue a una segunda vuelta. La diferencia con la hipótesis anterior es que no obtuvo más votos que todos los demás partidos sumados, pero sí obtuvo mayoría parlamentaria. La segunda vuelta como ocurrió fue nominal, pues la oposición carecía de probabilidades de sumar toda contra el Frente Amplio y además el electorado moderado se encontraba que todo voto contra la fórmula Mujica-Astori suponía un gran riesgo, un posible salto al vacío, al crear un gobierno dividido con un presidente de un ala y una mayoría parlamentaria del otro. Esto, que en un régimen semiparlamentario como el uruguayo es una anomalía, ocurrió dos veces en Francia, se sorteó por la habilidad de los respectivos presidentes y primeros ministros, y recibió el nombre de “cohabitación”.

Las propuestas que surgen es bajar la barrera a la mayoría de los votos válidos (como en el resto del mundo) o incluso dar por cumplida la condición si como ocurrió en 2009, sin alcanzar esa mayoría absoluta de votos válidos se obtiene la mayoría absoluta en la Cámara de Representantes.

Por aquí todo claro. Pero en tren de evitar balotajes forzados u excesivos, se ha deslizado el por qué no bajar la exigencia al 45% de los votos válidos, o a una diferencia entre el primero y el segundo. La propuesta es correcta siempre y cuando se advierta que lo que se pretende es efectuar un cambio radical en el sistema de elección presidencial y no un mero ajuste. Porque un presidente elegido con el 45% puede concitar en su contra a todo el restante 55% y, por ende, ser un seguro perdedor en segunda vuelta. Más o menos esto le ocurrió a Cristina Fernández de Kirchner, que con las reglas uruguayas difícilmente sería presidente de la República Argentina.

Al bajarse la exigencia se va a un régimen de mayoría relativa en que para evitar que el partido individualmente más votado obtenga el poder, se hace imperativa la unificación de la propuesta electoral de sus contendientes. Ello es precisamente lo opuesto de la lógica del balotaje. Es un retorno al régimen anterior en cuanto a mayoría relativa, con una mayor exigencia de concentración partidaria y sin la contrapartida del doble voto simultáneo. La otra diferencia con el régimen anterior es que no basta la mayoría relativa, sino que la misma debe además superar una barrera. Este es un cambio en la lógica de la mayoría relativa, pero un cambio menor, no sustantivo.

Entonces, lo primero que debe hacerse en la discusión de la reforma es dejar aparte palabras como balotaje o doble vuelta, que manejadas con imprecisión llevan a grandes confusiones. Lo primero que debe hacerse es centrar la discusión en lo medular: se quiere mantener que el presidente y vicepresidente de la República sean elegidos por determinada mayoría absoluta, o no. Si se quiete mantener la regla de la mayoría absoluta, las tres variantes son: el sistema actual de mayoría sobre total de votantes, el sistema generalizado de mayoría sobre votos válidos y la propuesta de mayoría absoluta no sobre votos sino sobre escaños parlamentarios. Si se quiere retornar a un sistema de mayoría relativa, las opciones son: mayoría relativa simple (first past the post, el primero gana), mayoría relativa con barrera (por ejemplo, 45%), mayoría relativa con diferencia entre el primero y el segundo (por ejemplo, 10% de puntos porcentuales sobre votos válidos), o una mayoría relativa con combinación de barrera y spread (por ejemplo, 40% más 10 puntos porcentuales de diferencia).

Lo que hay que tener absolutamente claro es que lo planteado es el orden de la discusión. Primero definir el concepto teórico: mayoría absoluta o relativa. Elegido uno de los dos conceptos teóricos, derivar hacia la discusión de las diferentes alternativas dentro del mismo concepto. Discutir de otra manera es mezclar papas con zapallitos.