04 Set. 2021

Democracia per se es diversidad

Oscar A. Bottinelli1

El Observador

La función de las instituciones políticas, del sistema político y del pueblo en tanto base de ese sistema, es dirimir la disidencia. Aceptar la diversidad axiológica, ética, cultural y política y resolver esas diferencias para que sea posible el funcionamiento del conjunto […] Este país ha construido unas sofisticadas reglas de juego, reglas que por sofisticadas parecen ser cada vez menos comprendidas por las élites políticas y comunicacionales.

La sociedad dirime sus diferencias en base a previas reglas de juego.

Una sociedad plural, libre y abierta es por definición un ámbito en el que conviven personas con ideas, valores y culturas diferentes. Si esa sociedad es democrática, en el sentido más clásico de la palabra, cuyo fundamento es ser una poliarquía, el tema central es cómo administrar esas ideas, valores y culturas diferentes para permitir la convivencia social y la gobernanza, cómo se crean y aplican reglas comunes para todos que fueren pacíficamente aceptadas por tirios y troyanos. La democracia es pues resolver esas diferencias, buscar la síntesis entre bases de pensamiento y sensibilidades diferentes, y si la síntesis no es posible, hacer prevalecer los valores de la mayoría con el mayor respeto posible a los derechos de los demás, que constituyen la o las minorías.

Entonces, la función de las instituciones políticas, del sistema político y del pueblo en tanto base de ese sistema, es dirimir la disidencia. Aceptar la diversidad axiológica, ética, cultural y política y resolver esas diferencias para que sea posible el funcionamiento del conjunto.

Este país ha construido unas sofisticadas reglas de juego, reglas que por sofisticadas parecen ser cada vez menos comprendidas por las élites políticas y comunicacionales. Pero además, modificadas en la praxis de los últimos tiempos con el camino hacia el hiperpresidencialismo, insinuado en 1966, comenzado a andar en 1996, con énfasis no logrado entre 2005 y 2009 y de nuevo a partir de 2015, y potenciado a partir de 2020.

La sofisticación consiste en varios elementos: la proporcionalidad pura en ambas ramas del Parlamento (a la que se arriba finalmente en la cámara alta a partir de 1942), los límites a la proporcionalidad por un peso de la rama ejecutiva mayor a la correspondiente en un dominio parlamentarista, el múltiple voto simultáneo para asegurar partidos flexibles y abiertos, la necesidad de amplios acuerdos políticos para modificar las reglas de juego y los principios básicos de derechos y garantías (el principio de los dos tercios), el plebiscito aprobatorio o ratificatorio como sine qua non para la modificación de estas reglas y principios, la búsqueda de la consensualidad como base de la acción política, el recurso de referéndum como límite a la acción del poder político en disidencia con el pueblo. Estos son los fundamentos, buenos según unos y malos según otros, y eso es otro cantar.

Hay consecuencias lógicas de esta sofisticada y compleja ingeniería que lleva a que rechinen algunos conceptos que se vierten como si las reglas y principios fuesen diferentes. Uno tiene que ver con el rol de la oposición, a la que a veces se acusa de poner palos en la rueda, acusación hecha hoy y ayer, dicha por lo que hacen los unos contra los otros y por lo que hicieron los otros contra los unos. Se olvida que la función de la oposición es controlar y oponerse, y en la medida de sus fuerzas, impedir que se haga lo que va en contra de los principios, las ideas, los valores o los intereses que representa. Y la función de la mayoría es imponer sus ideas, valores, principios y defensa de los intereses que representa. Los unos y los otros dentro de las reglas de juego y con respeto al otro, sin avasallamiento. Si alguien reprocha a la oposición que haga oposición, directamente no entiende el juego democrático. Si alguien reprocha a la mayoría imponer sus criterios, tampoco entiende el juego democrático.

Una segunda desviación que aunque con menos fuerza se oye hoy, se oyó ayer y se oyó antes de ayer, es que no se deja gobernar a un presidente porque se lo impiden los intereses políticos; y por tales se entiende a la mayoría parlamentaria. Bueno, si la mayoría parlamentaria entiende algo diferente al presidente, está en su derecho, como que ella dicta las leyes (cuando no más aun la mayoría cualificada) pero además sostiene al gobierno, cuyos ministros requieren aval –tácito o explícito- de esa mayoría.

Una tercera deviación significativa es considerar un desconocimiento a la voluntad popular que se recurra al pueblo. Sin duda es un sofisma. La voluntad popular se expresa en elecciones, plebiscitos y referendos. Y lo expresado en un momento puede ser modificado en otro momento, siempre que se cumplan estrictamente las reglas y no se vulnere su espíritu. Así es la democracia directa, que existe en este país en connivencia con la democracia representativa.

Obviamente se puede discutir la arquitectura política, su ingeniería, sus bases, para cambiarlos. Pero mientras existan, a nadie se puede reprochar actuar dentro de esas reglas y principios.

Un elemento clave cuando se consulta al pueblo, es que a su vez se respete su decisión. Porque más de una vez tirios y troyanos han procurado desconocer por vía legislativa lo que fue la decisión directa emitida por el pueblo, o técnicamente dicho, por el Cuerpo Electoral en algunos casos y por el Cuerpo Ciudadano en otros.

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ADDENDA2

Transcurridas cinco jornadas adicionales de verificación de adhesiones, al jueves 2 de setiembre, el porcentaje de rechazo se mantiene más o menos en los mismos parámetros: la tasa de rechazos baja algo y se ubica en el 9,5%, de donde la barrera constitucional se lograría al verificarse un total de 741.875 adhesiones, con un exceso de cerca de 54 mil adhesiones presentadas.


1 Profesor Titular Grado 5 de Sistema Electoral y Régimen Electoral Nacional de la Universidad de la República.

2 Ver “El referéndum como certeza”, El Observador, agosto 28 de 2021.