Radiocero y Radio Monte Carlo
Un grupo de ciudadanos contrarios a la ley ha iniciado los procedimientos para interponer el recurso de referendum mediante el mecanismo conocido como de “vía rápida” [...] la máquina ya entró a rodar, y cada paso que los promotores no logren, la ley queda ratificada. No solo en lo jurídico, sino en lo político. Este es el riesgo cuando se pone en marcha el camino de la democracia directa, el camino de los referendos y plebiscitos.
OAB: En primer lugar que las conveniencias y las inconveniencias del referendum son unas para los partidarios de la ley y son otras completamente distintas para los contrarios a la ley. Por tanto, vamos a analizar ambos ángulos.
Como se sabe, el 22 de octubre del año pasado se promulgó la Ley N° 18.897 que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo, es decir el aborto, si se realiza dentro de las doce primeras semanas de embarazo y siguiendo un procedimiento que marca la ley y que regula luego el decreto reglamentario.
Un grupo de ciudadanos contrarios a la ley ha iniciado los procedimientos para interponer el recurso de referendum mediante el mecanismo conocido como de “vía rápida”.
El mecanismo es el siguiente:
Primero. Dentro de los 150 días debe presentarse una solicitud de recurso con la firma e impresión digital de un número de ciudadanos equivalentes a no menos del 2% del padrón electoral, es decir, un poco menos de 60.000 personas. Este plazo vence el 21 de marzo.
Segundo. La Corte Electoral dispone de 45 días para verificar el cumplimiento de las exigencias. Si las firmas se presentan el último día, el plazo vencería el 5 de mayo.
Tercero. Si todo va bien para los patrocinantes, la Corte convoca a un acto de adhesión al referendum, al que también se le llama informalmente pre-referendo. Consiste en que se instalan mesas de votación, igual que en una elección nacional, para que quienes quieren que haya referendum concurran a adherir a la iniciativa. El pre-referendo se convoca para el domingo siguiente a los 45 días de que la Corte declare cumplida las exigencias. Ello determina que el plazo máximo de realización podría ser el domingo 23 de junio. A ese acto debe concurrir y adherir a la iniciativa no menos de la cuarta parte del padrón electoral, es decir, de los habilitados para votar inscriptos en el Registro Cívico Nacional, lo que implica cerca de 700.000 personas.
Cuarto. Si adhiere esa cantidad, la Corte Electoral convocará al referendum propiamente dicho para dentro de los 120 días de validadas las adhesiones, para un día domingo. Si se piensa que la validación puede demorar entre 8 y 10 días, el referendum podría ser convocado para setiembre u octubre, en principio como plazo máximo el 27 de octubre.
FV: Bastante complicado el procedimiento. Veamos los riesgos
OAB: Primero los riesgos de éxito y fracaso numérico para los promotores que son: no alcanzar las casi 60.000 firmas antes del 21 de marzo, luego el no alcanzar las casi 700 mil adhesiones el día del acto de adhesión al referendum, ese que podría hacerse hacia fines de junio, y finalmente el resultado a suerte y verdad de todo acto electoral, en este caso, de un referendum.
FV: Ahora veamos los pro y los contra para cada parte.
OAB: Empecemos por el final, el referendum propiamente dicho. Para los partidarios de la ley la cosa es muy sencilla, ya que no son los que convocan a referendum, el acto referendario les es impuesto por los otros y si ganan, ganan, y si pierden, pierden.
Lo importante ahora es ver qué efectos producen sobre esta ley los contrarios a la ley. Veamos lo que ha pasado en la historia reciente del país. En un referendum se derogó la Ley de Empresas Públicas, y de ahí en adelante se consideró que el tema de las grandes privatizaciones estaba laudado. Eso se ratificó aún más con la Ley de Asociación de Ancap, que era una privatización parcial y también se rechazó. Se puede decir que se consideró que la ciudadanía clausuró el tema de las privatizaciones en el país por un largo tiempo.
A la inversa, la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado fue ratificada en el primer referendum habido en el país. Y aunque no es el mismo procedimiento, fracasó un plebiscito constitucional para anularla. Quedó pues la idea que la ciudadanía había blindado la Ley, o la solución dada por la Ley, y que no se podía legítimamente, en términos políticos, replantear el tema. Fue el gran debate que acaparó la atención parlamentaria a lo largo de buena parte del año 2011.
Entonces, si la ley de despenalización del aborto se deroga, es un gran éxito para los opositores a la misma, ya que no solo se deroga la ley, sino que se cierra por un largo tiempo en el país el replanteo del tema. Se considera que la ciudadanía laudó el tema: no al aborto.
Pero a la inversa, si la derogación de la ley fracasa, si el referendum confirma la ley, desde el punto de vista político la ley queda blindada, como pasó con la Ley de Caducidad, la ley queda convalidada por la ciudadanía, firme, y su derogación no puede discutirse por un larguísimo tiempo.
Si se sigue la experiencia de la Ley de Caducidad, tanto para replantear el tema si la ley es derogada, como para plantear su derogación si la ley es confirmada, para un lado o para el otro, se va a considerar el tema clausurado por unos veinte años.
FV: ¿Entonces?
OAB: Entonces, el tema crucial es a quién conviene y a quién no que haya referendum. Al Frente Amplio no le conviene por dos razones. Una, porque está a favor de la ley y el que está a favor le conviene que las cosas se queden quietas. Pero segundo, y es lo más importante, es el problema interno que el solo debate de la ley le crea al Frente. Porque todo el Frente Amplio, hablando de sus sectores y dirigentes, todo está a favor de la ley; con una sola excepción, nada menos que el líder y seguro candidato presidencial Tabaré Vázquez. Complicado problema para el Frente Amplio una campaña electoral para el referendum donde el Frente está prácticamente todo de un lado y Tabaré Vázquez del otro. Porque aunque diga que él no va a hablar, van a ser los dirigentes de los otros partidos que van a mostrar a Vázquez hablando en contra de la ley, o leyendo las cosas que él firmó cuando vetó la ley en 2008.
Por eso, para el Frente Amplio lo mejor es que fracasen las adhesiones y no haya referendum. No tanto por el resultado del referendum, sino por el debate fuerza política de un lado y líder político del otro.
FV: ¿Y para los contrarios a la ley?
OAB: Bueno, aquí hay dos posiciones. Una es la que se puede llamar ideológica: si por las creencias y valores se está en contra de la ley, hay que hacer todo lo posible por derogarla. La otra posición es la que se puede llamar estratégica: si el referendum confirma la ley, la ley se blinda y el tema no se puede replantear por veinte años; si no hay referendum, el pueblo no se pronunció y se puede volver a replantear el tema apenas cambien las correlaciones políticas a nivel del Parlamento. Puede ser la próxima legislatura, o la otra, pero siempre antes de veinte años.
Claro que esta segunda postura tiene una falla. Si el referendum no se hace porque no alcanzaron las adhesiones, se puede sostener que el pueblo se pronunció pasivamente. No hubo adhesión al referendum, la ley queda respaldada. Es un argumento válido. Pero queda más respaldada si hay referendum y triunfa la confirmación de la ley. Eso es claro.
El tema es que la máquina ya entró a rodar, y cada paso que los promotores no logren, la ley queda ratificada. No solo en lo jurídico, sino en lo político. Este es el riesgo cuando se pone en marcha el camino de la democracia directa, el camino de los referendos y plebiscitos. Es el riesgo que corrieron los que impulsaron primero la derogación de la Ley de Caducidad y veinte años después el plebiscito de anulación. En sentido contrario, correr el riesgo le valió la pena a los que impulsaron la derogación de la Ley de Empresas Públicas la Ley de Asociación de Ancap.
Cuando algo se pone en marcha, se corren riesgos fuertes, siempre.