11 Ene. 2020

La falta de un Ministerio de Gobierno

Oscar A. Bottinelli

El Observador

A lo largo de los años a la Presidencia de la República se le han agregado “secretarías” ), agencias, unidades reguladoras, institutos y oficinas […] Ahora, el presidente electo anuncia un esquema de gobierno de fuerte control presidencial de todos los Ministerios a través de la presencia de hombres de su confianza […] A esta altura, parece que existe la oportunidad de emprolijar la institución Presidencia de la República y crear el Ministerio de Gobierno

La Presidencia ha asumido un poder más allá del diseño constitucional

De manera paulatina y constante el sistema de gobierno se ha inclinado hacia un presidencialismo fáctico, no del todo coherente con el diseño constitucional. Hay tres características relevantes del sistema: uno, no es un régimen presidencial sino semipresidencial o semiparlamentario; dos, el Poder Ejecutivo no es unipersonal sino colegiado (la máxima autoridad es el Consejo de Ministros, en el cual el presidente tiene un voto en 14, y solo desnivela con doble voto en caso de empate); y tres, toda la ejecución se realiza a través de Ministerios, cuyos titulares asumen la responsabilidad ante el Parlamento. En este proceso se ha producido por vía de los hechos políticos el debilitamiento de la faceta parlamentarista, el Poder Ejecutivo no ha funcionado plenamente como colegiado (e inclusive existe un discurso de la dirigencia política tendiente a ver al presidente uruguayo como si tuviese la misma conceptualización del argentino, el chileno, el mexicano o el norteamericano) y se han creado espacios de ejecución bajo el mando directo del propio presidente de la República, por fuera de los Ministerios.

A los efectos de este artículo corresponde abordar el tercer punto. A lo largo de los años -con especial énfasis en los últimos 15- a la Presidencia de la República se le han agregado “secretarías” (cuando la Constitución establece que el presidente designará un secretario y un prosecretario, nada más), agencias, unidades reguladoras (que deberían ser autónomas del Poder Ejecutivo), institutos y oficinas. La lista comprende: Las secretarías de Deporte; Derechos Humanos; Derechos Humanos para el Pasado Reciente; Ambiente, Agua y Cambio Climático; Ciencia y Tecnología; Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. Las agencias de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y el Conocimiento; de Cooperación Internacional; de Compras del Estado. Las unidades reguladoras de Energía y Agua; y de Servicios de Comunicación. Y otros servicios como el Instituto Nacional de Estadísticas, la Junta Nacional de Drogas, el Sistema Nacional de Emergencias, la Unidad Nacional de Seguridad Vial. Ninguna de estas unidades corresponde estar ubicadas en la Presidencia de la República sino en algún ministerio, probablemente en el ministerio político. O alguna inclusive colide con competencias de otros ministerios: hay una secretaría de Ambiente y un Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

El ministerio político existe, se llamó Ministerio de Gobierno hasta hace un siglo, y desde entonces se llama Ministerio del Interior. No es el primer ministro pero sí el primero de los ministros. Ocurre que desde hace tres décadas ese Ministerio ha quedado absorbido por la seguridad pública y ya ni siquiera se lo ve como el ministerio político. Probablemente el último ministro del Interior que ofició de ministro de Gobierno, es decir, de ministro político propiamente dicho, lo haya sido Antonio Marchesano. Luego, todos quedaron sumergidos por la seguridad y la delincuencia.

En la transición 2009-2010 se anunció la separación de la función de ministerio político del Ministerio del Interior, con la creación del Ministerio de Gobierno, y se anunciaron los nombres del ministro y del subsecretario. En esos juegos de poder entre bambalinas, la idea quedó por el camino y la Secretaría y Prosecretaría de la Presidencia oficiaron de facto de ministerio político, pero sin ministerio y sin responsabilidad parlamentaria. Y esto siguió hasta ahora. Hace tres décadas largas un presidente electo -ante la pregunta del candidato al cargo- definió la función del secretario de la Presidencia: ser el responsable de todo lo que el presidente firme y el responsable del funcionamiento del Consejo de Ministros. Ni más ni menos. Ni nada menos. Ahora, el presidente electo anuncia un esquema de gobierno (en el sentido de Poder Ejecutivo) de fuerte control presidencial de todos los Ministerios a través de la presencia de hombres de su confianza personal o de la confianza de su partido, hombres que serán -Emperador Darío dixit- “los ojos y oídos del rey” (De paso, tema muy interesante como esquema de ejercicio del poder). Y ese entramado será dirigido por el secretario de la Presidencia de la República, alter ego del presidente electo y él mismo elegido como primer senador del partido oficialista (y por tanto, segundo en la línea de sucesión presidencial)

El esquema trazado tiene la consecuencia de llevar la hiperpresidencialización al máximo, pero además con serios problemas prácticos. El hombre fuerte del gobierno, o del presidente, deberá renunciar a la banca senatorial (y de paso, a las sucesiones presidencial y vicepresidencial), no será directamente responsable ante el Parlamento, no podrá ir a informar al Parlamento y exponer allí la línea de gobierno, no podrá ser interpelado. Solo podrá ir como invitado a comisiones o quizás -no es lo más ortodoxo- a Comisión General de una u otra cámara.

De paso, cabe consignar que la responsabilidad parlamentaria de todo lo que haga la Presidencia de la República es actualmente responsabilidad del ministro del Interior, que tiene competencia residual y genérica: es el responsable de todo lo que no esté expresamente encomendado a otro ministerio (precisamente por su calidad de heredero del ministro de Gobierno de la Constitución de 1830). Esto es en los papeles, porque no solo no se aplica, sino que a priori a los gobernantes y parlamentarios les suena extraño.

A esta altura, parece que existe la oportunidad de emprolijar la institución Presidencia de la República, bastante desprolijada en los últimos tiempos, especialmente los últimos tres lustros, y crear el Ministerio de Gobierno. Dar a quien va a ser en la sustancia política el coordinador de la acción de gobierno, la función adecuada. Que no será la de primer ministro pero sí la del primero de los ministros.