Radiocero y Radio Monte Carlo
El veto está previsto [...] para darle poder al presidente de la República frente a una mayoría parlamentaria contraria, pensando en un presidente cuyo partido no tuviese mayoría propia en las cámaras. Lo que se considera contra natura es que un presidente vete una ley aprobada con los votos de su propio partido y menos si la aprueba todo su partido
FV: Como todos los viernes a las 8:30 aquí en Radiocero y Radio Monte Carlo presentamos el análisis político de Oscar Bottinelli, director general de Factum. El tema de hoy: Por qué Mujica no va a vetar ni puede vetar la ley que deja sin aplicación la Ley de Caducidad
OAB: Como se sabe, tras la votación del Senado la semana pasada, en los primeros días de mayo quedará promulgada la ley que deja sin aplicación la Ley de Caducidad. Se ha especulado con -y lo ha reclamado el senador frenteamplista disidente Jorge Saravia- que el presidente Mujica vete la ley. El presidente Mujica ha descartado esta alternativa.
Hablando técnicamente, en primer lugar no hay un veto a una ley sino observaciones a una ley. Y en segundo lugar, las observaciones no las interpone el presidente de la República, sino el Poder Ejecutivo. El Poder Ejecutivo es el presidente de la República actuando con uno o varios ministros o con todo el Consejo de Ministros; en Uruguay, el presidente por sí solo no puede decidir nada. Las observaciones para que no queden firmes se requiere que sean levantadas dentro de los 60 días, por el voto de los 3/5 de los miembros de cada Cámara, presentes en una reunión conjunta de la Asamblea General. No son los 3/5 del total, sino de los presentes.
FV: ¿Por qué Mujica no va a vetar la ley?
OAB: En primer lugar no la va a vetar por razones políticas. El ha dicho que no es una iniciativa del gobierno. Sin embargo, es una iniciativa del ministro de Relaciones Exteriores y se le llame como se le llame, una iniciativa de un ministro compromete a todo el gobierno.
Todo esto surge de la preocupación del canciller Almagro, inquieto por la posible condena al Uruguay por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el “caso Gelman”. El canciller pretendía impedir o atenuar la condena. Al final igual se emitió la condena.
Pero el manejo gubernamental del tema fue muy desprolijo. Cabe recordar. Primero el canciller impulsa el proyecto de ley y va como canciller al Parlamento a defenderlo. Luego el secretario de la Presidencia de la República Alberto Breccia sorprende con críticas a la posición del canciller e informa que el gobierno nada tiene que ver con el proyecto. Y viene después la sorpresa mayor cuando el presidente Mujica dice que los dos, el canciller y el secretario presidencial, hablaban a título personal, que el gobierno no impulsaba nada ni tenía posición. Que la inciativa era de Luis Almagro como simple militante. Parece claro que Mujica no quiso comprometerse con la iniciativa, pero al menos dejó hacer y dejó al canciller impulsarla con mucho ahínco. Por tanto, no hay posibilidd alguna de que vete lo que dejó hacer.
FV: ¿Pero tú decías además que no puede vetar la ley?
OAB: Aclaremos, en términos jurídicos puede vetarla. No puede en términos políticos. ¿Por qué? El veto presidencial como se llama, las observaciones del Poder Ejecutivo, existen para darle posibilidades a un gobierno de gobernar hasta cierto punto sin contar con mayoría parlamentaria propia. Ningún gobierno gobierna con mayoría parlamentaria hostil, que le haga la guerra, pues le derriba todos los gabinetes. No hay que olvidar que en Uruguay -que es un sistema semiparlamentario o semipresidencial y no presidencial puro- los ministros deben contar con respaldo parlamentario. El Parlamento puede hacer la vista gorda y sin apoyar a un ministro, no derribarlo. Pero un Parlamento hostil no deja ministro en pie. Nadie gobierno contra una mayoría parlamentaria. Pero puede gobernaar sin mayoría parlamentaria
FV: ¿Y cómo lo hace?
OAB: Por un lado conseguir tolerancia para mantener el gabinete. Pero en el plano legislativo, en el plano de hacer leyes, jugar con una combinación de dos elementos: uno es el lograr acuerdos puntuales para aprobar cada ley y para aprobar el Presupuesto, y por otro usar el veto para impedir que se aprueben leyes que vayan muy fuertemente en contra de la orientación del gobierno, o que puedan desbaratar el rumbo del gobierno. Desde la restauración democrática en Uruguay hubo un gobierno sin mayoría parlamentaria propia ni coalición de gobierno, que fue el primero de Sanguinetti, y también la segunda mitad del gobierno de Batlle. Pero en ambos casos tuvo tolerancia parlamentaria. Pero Sanguinetti en su primera presidencia tuvo que recurrir mucho al veto legislativo, ante leyes aprobadas por la conjunción del Partido Nacional y el Frente Amplio.
Se puede decir que el veto está previsto para este tipo de casos, para darle poder al presidente de la República frente a una mayoría parlamentaria contraria, pensando en un presidente cuyo partido no tuviese mayoría propia en las cámaras. Lo que se considera contra natura es que un presidente vete una ley aprobada con los votos de su propio partido y menos si la aprueba todo su partido. Por eso fue que resultó tan extraño que el presidente Tabaré Vázquez vetase la ley del aborto. Más allá del fondo del tema, que es otra cosa, nunca había ocurrido en el país que un presidente vetase una ley aprobada por todo su partido y quedase enfrentado así a todo su partido. Porque en todo caso un presidente debe liderar su partido, pero no enfrentarse a todo él. Esa experiencia, única en la vida del país, ha resultado traumática para el sistema institucional y para el Frente Amplio. Esa es otra razón por la cual Mujica no puede políticamente vetar la ley, si quisiera hacerlo. Digamos que ningún presidente va a poder políticamente vetar una ley que impulse y apruebe todo su partido.