05 Mar. 2006

La inocencia no se demuestra

Oscar A. Bottinelli

El Observador

Un estado de derecho es un sistema de normas que persiguen un equilibrio entre derechos varios y obligaciones diferentes, en base a los valores y principios en que se basamenta una sociedad determinada. El sistema supone que hay determinados derechos que predominan sobre determinadas obligaciones, así como ciertas obligaciones que están por encima de algunos derechos.

Un estado de derecho es un sistema de normas que persiguen un equilibrio entre derechos varios y obligaciones diferentes, en base a los valores y principios en que se basamenta una sociedad determinada. El sistema supone que hay determinados derechos que predominan sobre determinadas obligaciones, así como ciertas obligaciones que están por encima de algunos derechos. Aunque todo este enunciado parezca demasiado teórico, hace a lo más práctico: cómo debe actuar un gobierno, una administración, un sistema judicial ante casos concretos. Cabe recalcar la palabra sistema, que significa un entrelazado de normas que interactúan entre sí. Cuando se pierde la visión del sistema, la visión de conjunto, y se pasa a la visión unidimensional, es cuando se tiende a pensar que los derechos que alguien defiende o las obligaciones que alguien persigue están siempre y en todo momento y circunstancia por encima de lo demás.

Cuando al frente de una repartición del Estado se ponen personas de estructura mesiánica, se logra sin duda una alta capacidad ejecutiva, una formidable dedicación a la función y la trasmisión a sus subordinados del concepto de misión en términos cuasi-religiosos. El problema de todo mesianismo es que rara vez acepta la multidimensionalidad de la sociedad y del gobierno, y tiende a pretender que su esfera prevalezca sobre todas las demás. Y ello puede ocurrir en gobiernos del más diferente color y en las áreas más distantes, se trate de educación, aduanas o impuestos.

La combinación de mesianismo, unidimensionalidad y quizás una falta de comprensión profunda del sistema jurídico en tanto sistema, lleva a que funcionarios con alta responsabilidad política lleguen a pronunciar frases como que ante la presunción de defraudación, el presunto defraudador debe demostrar su inocencia, que se invierte la carga de la prueba. Desde el punto de vista jurídico el tema es simple: nadie ha salvado un solo examen de Introducción al Derecho por sostener la legalidad de la inversión de la carga de la prueba. Conviene aclarar: aquí en Uruguay, en periodos democráticos. La necesidad de demostrar la inocencia ante presunción de culpabilidad fue de recibo en Rusia y otras repúblicas vecinas bajo el estalinismo, en Alemania durante el nazismo y en Estados Unidos durante el maccarthysmo. En esta tierra se aplicó esa inversión de la carga de la prueba en el funcionamiento de la Justicia Militar entre 1972 y 1984 (a veces se fue por el camino más simple de juzgar y sentenciar sin necesidad de prueba). Pero en sistemas de libertad y competencia abierta por el poder, sistemas poliárquicos, lo que la gran mayoría de los uruguayos denominan democracia, nunca fue de recibo la inversión de la carga de la prueba. La inocencia se da siempre por sentada hasta que se demuestre lo contrario.

A veces alguien se puede confundir de mucho mirar películas o series centradas en los juicios por jurado o las investigaciones criminales. Lo habitual, lo corriente en Perry Mason, lo que abunda en Mrs. Marple, es que alguien se salve de la condena porque se demostró la culpabilidad de otro. En otras palabras, la condena es inevitable si el acusado no logra demostrar que él no fue. Eso se ve todos los días en el cine. En la vida real y al menos en el derecho latino la cosa no es así. No solo un acusado no debe demostrar su inocencia, sino que no hay inicio del proceso (no hay procesamiento) sin que exista semiplena prueba, no meros indicios, sino prueba fehaciente, aunque no plena, pero sí semiplena. Y para la condena ello no basta: solo hay sentencia condenatoria si la prueba es plena.

La presunción de inocencia, la culpabilidad como corolario de un proceso con debidas garantías, son bases esenciales del estado de derecho. Y el tema vale para todo lo justiciable y también para todo lo que implique pena o sanción, aunque las cosas comiencen por vía administrativa. Vale para todas las materias.

Lo dicho hasta aquí parece una composición elemental de principios básicos del derecho y el estado de derecho, al alcance de cualquier estudiante de enseñanza media. Esto mismo, lo trivial de esta exposición, remarca la singular importancia que tiene que altos funcionarios políticos, respaldados a título expreso en todos sus actos desde el gabinete, sostengan la legalidad de la inversión de la carga de la prueba y la necesidad de demostrar la inocencia por parte del presunto culpable. Es muy probable que quien dijo esa frase no llegó a comprender el alcance de sus palabras, que no tuvo conciencia que lo que hizo fue cuestionar la existencia de un principio sustancial al estado de derecho y al basamento constitucional del país.

La importancia del tema es mayor aún, si se toma en cuenta que meses atrás, desde el mismo ámbito, se impulsó que todo secreto caiga ante la inquisición de la DGI. Que la indagación tributaria esté por encima del secreto entre padres e hijos o entre cónyuges, del secreto de confesión, del secreto entre médico y paciente, entre abogado y cliente, el secreto del periodista para poder informar a la sociedad.

Lo que aquí se escribe nada tiene que ver con la razón o sinrazón de la policía tributaria o de un real o presunto evasor, que ese es otro tema. Y lo declarado esta semana es importante que sea debidamente pensado y reflexionado por quienes pronuncian esas frases o impulsan esos conceptos, o por quienes son los superiores y responsables políticos de quienes pronuncian esas frases. No hay estado de derecho sin presunción de inocencia. No hay estado de derecho con inversión de la carga de la prueba. No hay estado de derecho donde la culpabilidad surja por sospecha. No hay estado de derecho donde haya indagaciones estatales ante las que decaigan secretos esenciales a la vida misma.